¿Qué fue lo que en realidad le dijo Jesús a María Magdalena? ¿Qué no lo tocara o que dejara de tocarlo?


Un análisis del texto griego de Juan 20.17

Héctor B. Olea C.

¿Qué fue lo que en realidad le dijo Jesús a María Magdalena? ´1) ¿Qué no lo tocara, es decir, que no diera inicio a una acción? O 2) ¿Que dejara de tocarlo, o sea, que suspendiera una acción ya iniciada y en proceso? ¿Qué es lo que en realidad permite decir y concluir el texto griego de Juan 20.17?

Por mucho tiempo, principalmente gracias a la Reina Valera 1909 y 1960, se ha hecho muy popular (sobre todo en el ambiente protestante y evangélico hispano hablante) la idea de que Jesús le dijo a María Magdalena: ¡«No me toques»!, o sea, que no iniciara una acción. En consecuencia, a la luz de dichas versiones, aparentemente se supone que el texto griego que está detrás de dicha traducción, implica un mandato que procura evitar que una acción inicie, que no ocurra, que no tenga lugar, en suma, que María no ose tocar el cuerpo del resucitado. Pero, ¿es ese el verdadero matiz del texto griego de Juan 20.17?

Dos tipos de aspectos en las prohibiciones en la lengua griega koiné

En la lengua original del NT existen dos tipos básicos de mandatos y prohibiciones: por un lado, existen los mandatos o prohibiciones en tiempo aoristo (por lo general en modo subjuntivo); y por otro lado, los mandatos o prohibiciones en tiempo presente (por lo general en modo imperativo).  

Los mandatos o prohibiciones en tiempo presente apuntan a un tipo de acción durativa y continua, mientras que los mandatos o prohibiciones en tiempo aoristo apuntan a una acción puntual y específica.  

En tal sentido, 1) los mandatos que demandan la continuidad de una acción ya iniciada, con la intención de que dicha acción se mantenga y permanezca, se dan en tiempo presente; 2) así como las prohibiciones dirigidas a detener una acción ya iniciada, ya existente, para que no continúe y que cese de manera definitiva, también se dan en tiempo presente; 3)También se dan en tiempo presente los mandatos o prohibiciones que procuran evitar el inicio de una acción no iniciada (imperativo preventivo).    

Por otro lado, 1) los mandatos que demandan que en un momento determinado inicie una acción, se dan por lo general en tiempo aoristo; 2) así como las prohibiciones dirigidas a detener en un momento determinado una acción ya iniciada, sin la intención de que dicha prohibición se mantenga; 3) también se dan en tiempo aoristo los mandatos que en un momento determinado procuran evitar el inicio de una acción.     

Ahora bien, observando el texto griego del pasaje en cuestión, nos percatamos de que en el mismo, en realidad estamos ante una construcción gramatical que indica un mandato que procura detener una acción ya iniciada, ya en proceso, en plena y franca realización, para que no continúe.

Dicha construcción gramatical consiste en el uso de la palabra «me» (no), que se emplea con los modos distintos al modo indicativo; más la forma verbal «jáptu», que es una forma verbal en tiempo presente, modo imperativo, en la segunda persona del singular (tú), con forma de la voz media, pero con el sentido de la voz activa; esto así puesto que procede de un verbo defectivo o deponente, o sea, «jáptomai»: que significa: “Yo toco”, “yo alcanzo”, “yo pongo la mano sobre”, “yo acometo”, “yo retengo”, “yo me aferro”, etc.

En consecuencia, la expresión griega «me mu jáptu» (prohibición o mandato negativo en tiempo presente, no de tiempo aoristo) ha de traducirse: “No me sigas tocando”, “deja de tocarme”, “suéltame”, “deja de aferrarte a mí”, “deja de retenerme”; o sea, demandando el cese una acción ya iniciada, en pleno desarrollo.

Con razón, pues, hace mucho tiempo que ya se leía: «Deja de tocarme», en la versión de la Biblia conocida como «Biblia de Jerusalén». Igualmente ya era y es acertada aquí la «Traducción del Nuevo Mundo de las Santas Escrituras», cuando tradujo: «Deja de colgarte de mí».

En conclusión, es acertada la traducción de Juan 20.17, de toda y cualquier versión de la Biblia que traduzca dicho pasaje comunicando la idea de que estamos aquí ante un mandato que procura hacer cesar una acción ya iniciada, una acción ya en proceso y desarrollo.

En suma, el texto griego de Juan  20.17 indica que Jesús le pide a María Magdalena que deje de tocarlo, que lo suelte, que deje de aferrarse a ella. Esto significa que cuando Jesús le dijo a María «Deja de tocarme» («Deja de colgarte de mí»), era porque ya María Magdalena se había arrojado y se había asido del cuerpo del resucitado.      

Finalmente, otras versiones que como la «Traducción del Nuevo Mundo de las Santas Escrituras» (Deja de colgarte de mí) y la «Biblia de Jerusalén 1998» (Deja de tocarme), han traducido a Juan 20.17 de manera acertada son: la Nueva Versión Internacional (Suéltame), la Nueva Biblia Española (Suéltame), Reina Valera Actualizada 1989 (Suéltame), la Biblia de las Américas (Suéltame), la Nueva Traducción Viviente (No te aferres a mí), Torres-Amat (No me toques más), entre otras.  

Un caso curioso y muy lamentable es que la llamada «Reina Valera Contemporánea RVC» (año 2011), la más reciente revisión de la serie Reina Valera realizada por las Sociedades Bíblicas Unidas, persista en repetir el error de la Reina Valera 1960, al traducir «No me toques».



¡Hasta la próxima! 

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