De mala lectura comprensiva y falacias lógicas biblicoteológicas


Unas observaciones necesarias y pertinentes


Héctor B. Olea C.

Ante el título de mi libro “La Biblia misma no afirma ser «inspirada»,” una pregunta que se me ha planteado un sin número de veces, por diversas personas, en distintos escenarios y a través de distintos medios, es: ¿Y si la Biblia no es inspirada, qué es?

Por supuesto, es demasiado evidente la triste y manifiesta confusión que muestran muchas personas respecto del título de mi obra: “La Biblia misma no afirma ser «inspirada»,” con la expresión ajena a mi obra: «La Biblia no es inspirada».   

Ahora bien, una lectura comprensiva y consciente del título y portada de mi libro deja ver de inmediato, con claridad meridiana, que tal pregunta (y confusión) es improcedente, inadmisible, que se sustenta, incluso, en una mala y defectuosa lectura y comprensión del título de mi obra, y que además tiene como fundamento al menos dos muy populares falacias lógicas biblicoteológicas.

Paso a explicarme.

En primer lugar, mi libro no es una obra de teología sistemática, supeditada al pensamiento teológico sistemático; es más bien, y de manera declarada, una obra de exégesis bíblica, crítica y académica. 

En segundo lugar, el título de mi libro no niega que podamos hablar de la inspiración en relación a la Biblia, en algún sentido, en alguna forma. De hecho, mi obra concluye poniendo de relieve la forma adecuada y acertada en que con base en el texto de 2 Timoteo 3.16 y otros textos relacionados, con base en una traducción acertada de dicho texto es legítimo hablar de la inspiración divina en relación a la Biblia.


En tercer lugar, la consideración racional del título de mi libro, del título completo, como debe ser, sin mutilación alguna; ha de tener en cuenta, debe tener en cuenta la siguiente declaración que también forma parte integral del mismo: “Un análisis y comentario crítico, exegético y valiente del texto griego de 2 Timoteo  3.16”.

Consecuentemente, lo que plantea mi libro es que una traducción acertada del texto griego de 2 Timoteo 3.16, a la luz de la gramática griega y su contexto histórico vital; pone de relieve que la traducción de dicho texto en la versión Reina Valera 1960 y otras muy populares versiones de la Biblia, sencillamente no es acertada, que otra traducción es posible, la legitima y acertada.

En cuarto lugar, la pregunta a la que hago referencia pone de manifiesto, además,  una demasiado común y popular falacia lógica biblicoteológica, la falacia de que todo lo que afirman, creen y practican las iglesias cristianas y evangélicas se sustenta en una afirmación bíblica legítima, demostrable, sustentable, y consistente. Con otras palabras, que todas las prácticas, afirmaciones y presuposiciones de las iglesias cristianas y evangélicas son “bíblicas”, en el correcto uso del término; cuando en honor a la verdad esto no es cierto, y no es más que una simple falacia lógica biblicoteológica.  

Por cierto, otra falacia lógica biblicoteológica es la que presupone que la palabra griega «grafé» (escritura) en 2 Timoteo 3.15 y 16 (y Juan 5.39), es un sinónimo y perfecto equivalente de nuestro concepto actual de «Biblia». Obviamente, esta muy equivocada idea lamentable y tristemente ha venido a ser reforzada, aunque de manera ilegítima y forzada, por la versión de la Biblia conocida como «Traducción en Lenguaje Actual (TLA)» (Copyright © 2000 United Bible Societies), que emplea la palabra «Biblia» como traducción de «grafé» en 2 Timoteo 3.15 y16, Juan 5.39, así como en muchos otros textos bíblicos.  

En consecuencia, si un análisis exegético, como al que invito y planteo en mi obra, si una relectura consciente y bien sustentada del texto griego de 2 Timoteo 3.16, si una traducción acertada y sustentada en dicho análisis demuestra que la traducción de la Versión Reina Valera (y otras versiones de la Biblia) no es acertada; que tampoco es sinónimo ni equivalente la palabra griega «grafé» a nuestro concepto actual de «Biblia»; la pregunta lógica debe ser: si en realidad 2 Timoteo 3.16 no legitima la afirmación: «toda la Escritura (toda la Biblia) es inspirada por Dios», ¿quién ha sido el responsable de tal afirmación? ¿Quién ha sido, quién es el sujeto responsable que, sin base legítima textual alguna, le ha impuesto al imaginario colectivo cristiano y evangélico la idea de que «toda la Escritura (toda la Biblia) es inspirada por Dios»?

Consecuentemente, esta es la pregunta lógica hacia donde debe conducir el título de mi libro.

Por supuesto, si usted desea conocer la respuesta que ofrezco a esta pregunta, tendrá que adquirir y leer mi libro, así de sencillo.


¡Hasta la próxima!



¿Afirma 2 Timoteo 3.16 la inspiración de los 66 (o 73) libros de la Biblia, o más bien establece la utilidad y valor de un libro inspirado por Dios?


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Te desafío a esta interesante lectura y podrás comprobar tu mismo que es lo que realmente dice el texto griego ( el texto fuente usado para la traducción) de 2 Timoteo 3.16.


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I)        «Textos canónicos» versus «manuscritos originales»                     

II)       Estudiar la Biblia con base en «textos traducidos» tiene  sus límites

III)      El valor de la transliteración y sus modalidades                     

IV)     Como la traducción, la transliteración también es contextual 

V)      «La Biblia dice», una expresión bajo sospecha                      

I)        «Biblia devocional» o «Biblia de estudio», ¿cuál es la mejor opción?

VII)    «Biblia católica» y «Biblia protestante», ¿una distinción legítima?

VIII)   El papel de la Biblia y el de la comunidad de fe en el proceso de interpretación bíblica y de elaboración teológica

IX)     La dependencia y el papel del «Espíritu Santo» en el proceso  de elaboración teológica y definición doctrinal

X)      La Biblia se resiste a ser esclavizada por católicos y    protestantes

XI)     Una traducción acertada de 2 Timoteo 2.16 debe ser distinta  a la que se lee en versión Reina Valera revisión de 1960

XII)    Una traducción acertada de 2 Timoteo 3.16 obliga a repensar también la interpretación de otros textos bíblicos relacionados

XIII)   ¿«Cuervos» o «comerciantes», ¿qué es lo que en realidad dice el texto hebreo  en 1 Reyes 17.4 y 6?

XIV)   ¿Por qué utilizar la figura de «el cuervo» para invitarnos a confiar en  Dios?

XV)    ¡Danos! ¿el sustento de hoy, o el de cada día?         

La Biblia como comunicación lingüística, como literatura


Algunas observaciones pertinentes

Héctor B. Olea C.

Aunque el conjunto de los textos bíblicos (la Biblia) es asumido como texto sagrado, como conjunto de textos sagrados; la Biblia consiste, es ante todo, una comunicación lingüística (por medio de la palabra, con todas sus implicaciones gramaticales, sintácticas y morfológicas, morfosintácticas). Esta incuestionable realidad supone que la persona que pretenda interpretar la Biblia de manera adecuada, debe tomar en serio los factores vitales de una comunicación lingüística con todas sus implicaciones, y las características propias y peculiares de los idiomas bíblicos, de los idiomas originales en que fueron escritos los textos bíblicos. 

En segundo lugar, la Biblia consiste en una comunicación lingüística, pero no oral, sino escrita; es literatura, implicando toda una serie de géneros literarios, de distintas formas de producción y elaboración literaria. Por supuesto, también refleja y nos trasmite la Biblia toda una serie de actos de comunicación que originalmente se concretaron en el plano de la comunicación oral.  

En tercer lugar, como comunicación lingüística, como literatura, la Biblia tiene las marcas inevitables e indelebles de sus propios contextos lingüísticos originales, históricos, socioculturales y sociopolíticos, de su tiempo.

En suma, toda teología que aspire a ser bíblica, no puede hacerse, construirse al margen de la verdadera historia de la Biblia, al margen de las características vitales de la Biblia como comunicación lingüística, como literatura, como hija de su propio tiempo y contextos vitales. No es, pues, la teología la que nos dice qué Biblia tenemos, es más bien la Biblia que tenemos la que debe trazar las pautas para la elaboración de la teología bíblica a la que podemos aspirar.

De todos modos, es lamentable ver que con tanta frecuencia se sacrifica lo que realmente dice la Biblia, lo que en realidad dicen los textos bíblicos en sus idiomas originales, en sus propios marcos históricos, socioculturales y sociopolíticos, con tal de levantar y justificar una teología considerada necesaria y a todas luces sencillamente conveniente.  

Finalmente, si la teología institucional y popular hace una determinada afirmación con base en un determinado texto bíblico; pero el texto bíblico en cuestión en su idioma original (no en una determinada traducción o versión), entendido en su debido contexto histórico, sociocultural y político, dice otra cosa; pienso que es obvio cuál es el camino a seguir; así de sencillo.


¡Hasta la próxima!


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I)        «Textos canónicos» versus «manuscritos originales»                     

II)       Estudiar la Biblia con base en «textos traducidos» tiene  sus límites

III)      El valor de la transliteración y sus modalidades                     

IV)     Como la traducción, la transliteración también es contextual 

V)      «La Biblia dice», una expresión bajo sospecha                      

I)        «Biblia devocional» o «Biblia de estudio», ¿cuál es la mejor opción?

VII)    «Biblia católica» y «Biblia protestante», ¿una distinción legítima?

VIII)   El papel de la Biblia y el de la comunidad de fe en el proceso de interpretación bíblica y de elaboración teológica

IX)     La dependencia y el papel del «Espíritu Santo» en el proceso  de elaboración teológica y definición doctrinal

X)      La Biblia se resiste a ser esclavizada por católicos y    protestantes

XI)     Una traducción acertada de 2 Timoteo 2.16 debe ser distinta  a la que se lee en versión Reina Valera revisión de 1960

XII)    Una traducción acertada de 2 Timoteo 3.16 obliga a repensar también la interpretación de otros textos bíblicos relacionados

XIII)   ¿«Cuervos» o «comerciantes», ¿qué es lo que en realidad dice el texto hebreo  en 1 Reyes 17.4 y 6?

XIV)   ¿Por qué utilizar la figura de «el cuervo» para invitarnos a confiar en  Dios?

XV)    ¡Danos! ¿el sustento de hoy, o el de cada día?         

Jesús y la cultura del trabajo y la remuneración del mismo


Jesús opuesto a la cultura de lo gratis


Héctor B. Olea C.

Una realidad incuestionable es que no hay forma de controlar la apelación que muchas veces se hace a la persona o supuesta enseñanza de la figura de Jesús, a la persona del Jesús de los Evangelios del Nuevo Testamento.

En todo caso, pienso que cualquier extrapolación de la figura de Jesús y su enseñanza no puede, no debería perder de vista lo que en verdad nos dicen los evangelios, la evidencia que aportan los Evangelios en conjunto, la tradición sinóptica y el evangelio de Juan.

En tal sentido y, en relación a la cuestión que nos ocupa, cabe preguntar:

¿Es legítima la apelación a la figura de Jesús (el Jesús de los evangelios del Nuevo Testamento), para sustentar un discurso que plantee que todo debe ser gratis, que incluso la propiedad intelectual no debe tener algún precio?

Y mi respuesta a esta pregunta va en la siguiente línea:

En primer lugar, no es posible obviar que el Jesús de los evangelios reconoció que el obrero es digno de su salario (Lucas 10.7).

“Y posad en aquella misma casa, comiendo y bebiendo lo que os den; porque el obrero es digno de su salario”

Compárese Mateo 10.10: ni de alforja para el camino, ni de dos túnicas, ni de calzado, ni de bordón; porque el obrero es digno de su alimento”

En segundo lugar, con la parábola de «El buen samaritano» (Lucas 10.25-37).dejó ver que comprendía, que estaba consciente de que el atender a alguien en el mesón, que el servicio del mesón tenía un costo, un precio que no se podía evadir:

“Otro día al partir, sacó dos denarios, y los dio al mesonero, y le dijo: Cuídamele; y todo lo que gastes de más, yo te lo pagaré cuando regrese” (Lucas 10.35)

En tercer lugar, con la parábola de «El hombre que salió a buscar obreros para trabajar en su viña» (Mateo 20.1-16), dejó que ver que estaba consciente de que la contratación de una persona para que haga un trabajo con su capacidad, con su preparación y fuerza física, demandaba un pago por dicho servicio, por dicho trabajo.

“Porque el reino de los cielos es semejante a un hombre, padre de familia, que salió por la mañana a contratar obreros para su viña. 2Y habiendo convenido con los obreros en un denario al día, los envió a su viña” (Mateo 20-1-2).

En cuarto lugar, con la parábola de «El hombre que arrendó su viña a unos labradores» (Mateo 21.33-46), Jesús también puso de relieve que estaba consciente de que en este tipo de transacción, acuerdo o convenio; era demasiado natural que el dueño de la viña en el tiempo acordado recibiera el pago o beneficio acordado con los labradores que le habían arrendado su viña.

“Hubo un hombre, padre de familia, el cual plantó una viña, la cercó de vallado, cavó en ella un lagar, edificó una torre, y la arrendó a unos labradores, y se fue lejos. 34Y cuando se acercó el tiempo de los frutos, envió sus siervos a los labradores, para que recibiesen sus frutos”  (Mateo 21.33-34).

En quinto lugar, con la parábola de «Los talentos» (Mateo 25.14-30) también demostró estar consciente de que el señor que entregó una determinada cantidad de talentos a sus siervos, debía esperar un rendimiento, y producción (ganancia) natural de dicha inversión, o sea, un informe financiero positivo de sus siervos.

“Después de mucho tiempo vino el señor de aquellos siervos, y arregló cuentas con ellos” (Mateo 25.19).

En sexto lugar, con la parábola de «El hijo pródigo» (Lucas 15.11-32), también puso de relieve, Jesús, que sabía que un jornalero era digno de su salario, y que de su trabajo debía obtener su sustento y el de su familia.

“Y volviendo en sí, dijo: ¡Cuántos jornaleros en casa de mi padre tienen abundancia de pan, y yo aquí perezco de hambre! 18Me levantaré e iré a mi padre, y le diré: Padre, he pecado contra el cielo y contra ti. 19Ya no soy digno de ser llamado tu hijo; hazme como a uno de tus jornaleros” (Lucas 15.17-19).

En séptimo lugar, si bien en cierta forma Jesús cuestionó el impuesto para el templo, que se cobraba localmente (compárese Éxodo 30.13-15); no obstante, no tuvo reparos en pagarlo (Mateo 17.24-27).

“Sin embargo, para no ofenderles, ve al mar, y echa el anzuelo, y el primer pez que saques, tómalo, y al abrirle la boca, hallarás un estatero; tómalo, y dáselo por mí y por ti” (Mateo 17.27)

En octavo lugar, hay evidencia en el Nuevo Testamento del que ministerio itinerante de Jesús tenía un costo que había que cubrir, que había que solventar.

En tal sentido quiero considerar dos factores.

Por un lado, como nos dice E. P. Sanders: “Los evangelios ocasionalmente presentan a Jesús, y a veces a los discípulos, cenando en casa de alguien. Este es el caso de Marcos 2.15-17. En Lucas 7.36-50 Jesús come con Simón, un fariseo; en Lucas 11.37-44 con otro fariseo, y en Lucas 19.1-10 se hospeda en casa de Zaqueo, el recaudador de impuestos. No sabemos si estos detalles son exactos, pero debemos aceptar la idea clave común a esos pasajes: cuando Jesús y sus seguidores se trasladaban de una aldea a otra encontraban a una o más persona dispuestas a proporcionarles una comida y un sencillo alojamiento” («La figura histórica de Jesús», Verbo Divino, 2005, página 132).    

Por otro lado, en Lucas 8.1-3 leemos que el ministerio itinerante de Jesús contaba con la participación de muchas mujeres que contribuían, sustentaban el ministerio de Jesús con sus bienes.

Ahora bien, como de manera acertada apunta E. P. Sanders, si bien “es posible que en Lucas 8.1-3 el autor exagere el grado en que Jesús y su grupo recibían apoyo de mujeres, entre ellas una de cierto rango (la mujer del administrador Antipas)” obra citada; página 133; no es menos cierto que podemos decir que aquí hay una evidencia, un sustento histórico de que el ministerio itinerante de Jesús contaba con un grupo de personas (hombres y mujeres) que lo apoyaba financieramente.

En todo caso, llama la atención que el grupo de Jesús contaba con una especie de tesorero, el cual velaba y administraba el dinero del grupo. En tal sentido, me parecen muy pertinentes las palabras de Raymond E. Brown sobre el texto de Juan 12.4-6 (compárese Juan 13.29), cito:

“Es posible que Juan nos transmita una noticia histórica que no se ha conservado en los restantes evangelios, al informarnos de que Judas guardaba los fondos comunes. Esta noticia hace más verosímil el diálogo de 13.27-29 y explica el puesto de honor que Judas ocupaba junto a Jesús  durante la Última Cena. Los sinópticos parecen dar a entender que Judas podía tener en su poder treinta piezas de plata sin levantar sospechas; ello resultaría explicable si realmente guardaba la bolsa común. No es imposible que la identificación joánica del discípulo irritado en Betania se deba a la tendencia de presentar a Judas como un personaje siniestro. Sin embargo, tampoco es imposible que, precisamente porque administraba el dinero del grupo, Judas fuese el discípulo que protestó en Betania y que este recuerdo se perdiera en la tradición sinóptica” («El evangelio según Juan», Ediciones Cristiandad, 1999, tomo I, página 782).

 Al final, un detalle que no podemos dejar de lado, es que según los cuatro evangelios del Nuevo Testamento, Jesús defendió y justificó que una mujer derramara sobre su cuerpo un perfume de muy alto precio, en lugar de venderlo y usar ese dinero en favor de los pobres (Mateo 26.10-11; Marcos 14.7; Lucas 7.41-47; Juan 12.7-8).  

Además, si bien en una ocasión aconsejó a un fariseo que lo había convidado a su casa, a organizar comida o banquetes pero para invitar a personas que no pudiesen devolverle el favor; lo hizo consciente de que, por un lado y, en estos casos, alguien costeaba la comida que recibirían los indigentes; por otro lado, que este servicio también ameritaba su recompensa, su remuneración, incluso en el marco de la resurrección escatológica (Lucas 14.12-14).  

Dijo también al que le había convidado: Cuando hagas comida o cena, no llames a tus amigos, ni a tus hermanos, ni a tus parientes, ni a vecinos ricos; no sea que ellos a su vez te vuelvan a convidar, y seas recompensado. 13Mas cuando hagas banquete, llama a los pobres, los mancos, los cojos y los ciegos; 14y serás bienaventurado; porque ellos no te pueden recompensar, pero te será recompensado en la resurrección de los justos

Finalmente, después de toda esta evidencia, ¿es verosímil concluir que la enseñanza de la figura del Jesús de los evangelios del Nuevo Testamento ofrece algún fundamento, sirve para justificar la cultura del «todo gratis», y nada por cobrar?

Es más, según el Evangelio de Juan, Jesús mismo estaba consciente de que las cosas pueden ser distintas si en lugar de recibir algún beneficio sin costo alguno, hay que pagar algo por dicho servicio, o si no hay algún beneficio gratuito de por medio: “Y hallándole al otro lado del mar, le dijeron: Rabí, ¿cuándo llegaste acá? 26Respondió Jesús y les dijo: De cierto, de cierto os digo que me buscáis, no porque habéis visto las señales, sino porque comisteis el pan y os saciasteis” (Juan 6.25-26).

En suma, si vamos a apelar a la figura del Jesús de los evangelios, apelemos; pero de una manera legítima, consciente y consistente, sin manipulación alguna; así de sencillo.    


¿Afirma 2 Timoteo 3.16 la inspiración de los 66 (o 73) libros de la Biblia, o más bien establece la utilidad y valor de un libro inspirado por Dios?


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I)        «Textos canónicos» versus «manuscritos originales»                     

II)       Estudiar la Biblia con base en «textos traducidos» tiene  sus límites

III)      El valor de la transliteración y sus modalidades                     

IV)     Como la traducción, la transliteración también es contextual 

V)      «La Biblia dice», una expresión bajo sospecha                      

I)        «Biblia devocional» o «Biblia de estudio», ¿cuál es la mejor opción?

VII)    «Biblia católica» y «Biblia protestante», ¿una distinción legítima?

VIII)   El papel de la Biblia y el de la comunidad de fe en el proceso de interpretación bíblica y de elaboración teológica

IX)     La dependencia y el papel del «Espíritu Santo» en el proceso  de elaboración teológica y definición doctrinal

X)      La Biblia se resiste a ser esclavizada por católicos y    protestantes

XI)     Una traducción acertada de 2 Timoteo 2.16 debe ser distinta  a la que se lee en versión Reina Valera revisión de 1960

XII)    Una traducción acertada de 2 Timoteo 3.16 obliga a repensar también la interpretación de otros textos bíblicos relacionados

XIII)   ¿«Cuervos» o «comerciantes», ¿qué es lo que en realidad dice el texto hebreo  en 1 Reyes 17.4 y 6?

XIV)   ¿Por qué utilizar la figura de «el cuervo» para invitarnos a confiar en  Dios?

XV)    ¡Danos! ¿el sustento de hoy, o el de cada día?         

La Constitución tiene la supremacía, ¿será cierto?


Iglesia y estado a propósito del 173 aniversario de la Constitución Dominicana


Héctor B. Olea C.

Al conmemorarse hoy un aniversario más de la Constitución dominicana (específicamente el 173 aniversario), es preciso insistir en la supremacía de la Constitución, por un lado, en relación a los estatutos, reglamentos internos y políticas internas de las organizaciones político partidistas; y por otro lado, en relación a las organizaciones religiosas, eclesiales y para eclesiales; pues muy a pesar de sus estatutos, reglamentos internos, particular teología y praxis eclesial, es la Constitución y no la Biblia el parámetro para juzgar el comportamiento público y privado de las personas y de cualquier grupo social.

De todos modos, en este artículo quiero poner de relieve algunas situaciones interesantes respecto de la relación  iglesia-estado en el marco de la historia de la Constitución dominicana.

En tal sentido, en lo que al presente respecta, es preciso llamar la atención a que muy a pesar del Concordato entre el estado Vaticano y el estado dominicano, no es el cristianismo católico religión oficial de la República Dominicana; por supuesto, tampoco lo es el cristianismo protestante y evangélico, a pesar de algunas legislaciones vigentes que, sin duda y, en cierto sentido, lo privilegian.

En realidad, con base en la actual Constitución dominicana, podemos decir, de manera categórica, que el estado dominicano es un estado laico, y que no hay en este país religión oficial alguna.

Sin embargo, no podemos negar que en el pasado la relación entre el estado dominicano y la iglesia católica tuvo al menos una mención de rango constitucional, si bien al mismo tiempo se mantenía la prerrogativa constitucional de la libertad de conciencia y de cultos. Por ejemplo, la Constitución dominicana de 1947 (siete años antes de la firma del Concordato) se expresaba de la relación entre el estado dominicano y la iglesia católica en los siguientes términos:

Artículo 93: "Las relaciones de la Iglesia y el Estado seguirán siendo las mismas que son actualmente, en tanto que la religión católica, apostólica, romana, sea la que profese la mayoría de los dominicanos".

No obstante, insistió el texto constitucional de 1947, en la libertad de conciencia y de cultos, en el numeral 3 del artículo 6, cito: “La libertad de conciencia y de cultos, sin otra limitación que el respeto debido al orden público y las buenas costumbres”

Luego, para la modificación a la Constitución del año 1955 (habiendo sido firmado el Concordato el año anterior, o sea, en 1954), se hace mención en la Carta magna de dicho convenio, mención que se mantuvo hasta 1961, siendo eliminada con la reforma a la Constitución del año 1963. Cito ahora, el artículo 11 de la referida modificación constitucional del año 1961:

“TITULO III Régimen Concordatario: Art. 11. Las relaciones de la Iglesia y el Estado están reguladas por el Concordato entre la Santa Sede y la República Dominicana, en conformidad con la Ley de Dios y la tradición católica de la República Dominicana”.

De todos modos, a pesar de lo establecido en su artículo 11, es preciso admitir que la Constitución de 1961 también mantuvo clara y firma la prerrogativa de la libertad de conciencia y de cultos; cito: “La libertad de conciencia y de cultos, con sujeción al respeto del orden público y a las buenas costumbres” (artículo 8, numeral 5).

En todos caso, llegada, pues, la forma constitucional del año 1963, y habiendo sido eliminada la mención del régimen concordatario, ésta sólo hace referencia a la libertad de conciencia y de cultos, cito: “Articulo 57. La libertad de creencia, y de conciencia, y la libertad de profesión religiosa e ideológica son inviolables. La profesión de todas las religiones y el ejercicio de todos los cultos tendrán como única limitación el respeto a la moral, al orden público, o a las buenas costumbres.”

Como se ve, hasta llegada la reforma constitucional del año 1963, se mantuvo en el texto constitucional una especie de ambigüedad y hasta contradicción; esto así, pues mientras que por un lado se hacía referencia a la relación entre el estado dominicano y la iglesia católica en el texto constitucional mismo, por otro lado se mantuvo siempre firme y al mismo tiempo, la prerrogativa de la libertad de conciencia y de cultos.

Además, es preciso insistir, con relación a la modificación constitucional del año 1963, que las posteriores reformas a la carta magna siguieron el ejemplo y el camino marcado por ésta, obviando la mención de la fe católica y de la relación del estado dominicano con la iglesia católica, e insistiendo únicamente en la libertad de conciencia y de cultos.

Es más, es preciso puntualizar que la Constitución de 1966, además de insistir en la libertad de conciencia y de cultos (artículo 8, numeral 8), agrega además (artículo 100) la oposición constitucional a toda discriminación que no sea la que resulte de las virtudes y talentos de cada persona; cito: “Artículo 100.- La República condena todo privilegio y toda situación que tienda a quebrantar la igualdad de todos los dominicanos, entre los cuales no deben contar otras diferencias que las que resulten de los talentos o de las virtudes y en consecuencia, ninguna entidad de la República podrá conceder títulos de nobleza ni distinciones hereditarias”.

Finalmente, quiero hacer hincapié en tres artículos de vital importancia para los fines de esta breve reflexión: el artículo 6 que establece la supremacía de la Constitución, el artículo 45 que establece la libertad de conciencia y de cultos, y el artículo 40 numeral 15, que establece el papel de la Constitución en el escrutinio del comportamiento personal y social, cito:

“Artículo 6.- Supremacía de la Constitución. Todas las personas y los órganos que ejercen potestades públicas están sujetos a la Constitución, norma suprema y fundamento del ordenamiento jurídico del Estado. Son nulos de pleno derecho toda ley, decreto, resolución, reglamento o acto contrarios a esta Constitución”.

“Artículo 45.- Libertad de conciencia y de cultos. El Estado garantiza la libertad de conciencia y de cultos, con sujeción al orden público y respeto a las buenas costumbres”.

“Artículo 40, numeral 15: A nadie se le puede obligar a hacer lo que la ley no manda ni impedírsele lo que la ley no prohíbe. La ley es igual para todos: sólo puede ordenar lo que es justo y útil para la comunidad y no puede prohibir más que lo que le perjudica”.

Consecuentemente, llama la atención el que organizaciones e instituciones políticas y eclesiales que reciben su personería jurídica del estado o mediante un convenio con el estado (a la luz del marco constitucional estatal), y con base a unos requisitos establecidos por el mismo estado (por ejemplo, viéndose obligadas a registrar sus nombres en un instancia del estado, la ONAPI, etc.); y obligadas a tener un comportamiento de acuerdo al marco jurídico vigente, luego pierdan de vista con tanta facilidad, quién está supeditado a quién, en el escenario social.  

En suma, no hay en la República Dominicana religión oficial alguna (ni en su versión católica ni en su versión protestante y evangélica); es y constituye la República Dominicana, a la luz de la Constitución vigente, un estado laico, a pesar de las pretensiones de las comunidades cristianas con presencia en el territorio nacional, muy a pesar de ciertas inconsistencias, ambigüedades y hasta irresponsabilidad en la práctica, de los funcionarios públicos, sin excluir al poder ejecutivo y a los miembros del congreso nacional, y otras instancias; así de sencillo.




¡Hasta la próxima!




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«Jehová», el nombre que nunca tuvo el Dios de Israel




️«JEHOVÁ», EL NOMBRE QUE NUNCA TUVO EL DIOS DE ISRAEL

¿Por qué decir el nombre “Jehová”? ¿No existen también otras formas del mismo nombre, reflejados por algunas versiones de la Biblia? Efectivamente, además de la forma Jehová que encontramos en la Reina Valera y en la Traducción del Nuevo Mundo de las Santas Escrituras, existen otras variantes que se pueden testimoniar por otras versiones de la Biblia misma, por ejemplo: Jehováh (en la Reina Valera Actualizada de 1989), Yahvé (Biblia de Jerusalén), Yavé (La Biblia Latinoamérica), Yahveh (Sagrada Biblia Cantera-Iglesias), Yahweh (La Biblia Peshita en español), YHWH (La Biblia textual).

Respecto a estas variantes, lo que diré por ahora, es que representan esfuerzos distintos por reproducir de la mejor manera el tetragrama hebreo (las clásicas cuatro consonantes “YHVH” o “YHWH” que sirven de base al sagrado y nombre propio del Dios de Israel.

El asunto se torna problemático ya que ni siquiera en cuanto a la transliteración de las cuatro consonantes se ha podido lograr un consenso. Quizás la transliteración más popular del tetragrama es YHWH. La otra transliteración que compite y que tal vez, podríamos decir que se está imponiendo es YHVH.

Todo esto demuestra que los intentos por reproducir fonéticamente el valor de las cuatro consonantes hebreas así como ofrecer una adecuada traducción del nombre sagrado no han sido pocos, y los resultados han sido muy diversos.

Toda esta problemática exige que una explicación de la misma que tenga aspiraciones de ser adecuada y consistente, tiene que tomar y considerar seriamente la historia del texto hebreo del Tanaj, el llamado “Antiguo Testamento” y sus posteriores traducciones al griego y al arameo.

Breve historia del texto hebreo del AT (Tanaj)

 Aunque el texto hebreo del AT muestra en la actualidad una serie de puntos y rayas al lado, debajo y encima de las letras hebreas, lo cierto es que por muchos años el texto hebreo se conservó y transmitió sin estas características.


Este es el libro que DEBES LEER SI DESEAS CONOCER cual es el nombre real del Dios de Israel: JehováhYahvéYavéYahvehYahweh, YHWH, entre otros. ¿ Cuál es el nombre del Dios de Israel? Es la obra más completa y detallada sobre esta temática que jamás se había escrito hasta ahora.

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Este libro te enseña:

▶️ La transliteración y sus modalidades,
▶️ El Nombre Jehová. ¿Traducción o transliteración?.
▶️ No pronunciarás el nombre de Jehová tu Dios en vano; y 6) La transliteración «Jehová», ¿una
indicación y señal de “desgracia”?.
▶️ «Jehová de los ejércitos»; en el marco de una reflexión por una cultura de paz.

✍️ HECTOR B. OLEA C. El Profesor Héctor Benjamín Olea Cordero es un biblista y teólogo protestante. Profesor universitario de hebreo, griego, estudios bíblicos, y teológicos. También es el presidente y fundador del Instituto Dominicano de Ciencias Bíblicas IDCB, Inc. El Profesor Olea Cordero fue miembro del equipo de estudiosos de las lenguas bíblicas que trabajó en la versión de la Biblia llamada La Nueva Traducción Viviente.

El Profesor Héctor Benjamín Olea Cordero tiene además una notable experiencia como disertante y comentarista radial al desarrollar y mantener una presencia destacada y continua en la radio evangélica desde el mes de septiembre del año 1991 al mes de febrero del año 2010. La carrera del señor Olea como comunicador radial se inició el 7 de septiembre, cuando comienza la producción de su programa “Sendero de esperanza”. Dicho espacio se mantuvo en el aire hasta diciembre de 1998. Luego entró en otra etapa, difundiéndose por la emisora "Radio Impactante" sólo un espacio de tres meses (abril, mayo y junio 2009). Actualmente en el aire por la emisora virtual www.laradio247fm.com, de 11:00-12:00 PM.

Hector es autor de varios libros del area de investigación biblica, entre ellos:

✔️ ¿Y si David y Jonatán fueron algo más que muy buenos amigos?

✔️ La Biblia misma no afirma ser «inspirada»: Un análisis y comentario crítico, exegético y valiente del texto griego de 2 Timoteo 3.16 Y otros catorce artículos de mucho interés (Spanish Edition)

✔️ La Trinidad Nicena bajo sospecha: El papel del Hijo en la creación,Un análisis de la idea de agencia y de medios en el idioma original del NT. (Spanish Edition) Edición Kindle

Los 6 artículos que lo conforman son:

1) La transliteración y sus modalidades                                                           
2) El Nombre Jehová. ¿Traducción o transliteración?                                   
3) No pronunciarás el nombre de Jehová tu Dios en vano               
4) Una necesaria aclaración a un amigo Testigo de Jehová            
5) Jehová de los ejércitos, un título preocupante                                            
6) La transliteración «Jehová», ¿una indicación y señal de “desgracia”?

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