Una perspectiva crítica y racional
Héctor B. Olea C.
Mi postura frente a la ley 331-09 (que
declara el 31 de octubre como «Día nacional de la comunidad evangélica y
protestante»), es un asunto de coherencia y consistencia.
Me explico. Todo parece indicar que frente al
hecho de no exhibir la clase política dominante la voluntad política para declarar
inconstitucional el Concordato con el Estado Vaticano, y consecuentemente
procurar su disolución; al menos un sector de la comunidad evangélica ha
pretendido lograr una serie de legislaciones en su favor a los fines de lograr
equilibrar un poco la balanza y ciertas condiciones ventajosas para sí.
Ahora bien, en virtud de que la República
Dominicana es en realidad un estado laico, donde existe la libertad de
creencia, de conciencia y de culto, que no tiene el estado dominicano religión
oficial alguna, que en teoría no tiene compromiso con expresión religiosa
alguna y que no ha de beneficiar una expresión religiosa en detrimento de las
demás; en ese contexto, es obvio que tanto el Concordato como la ley 331-09
(así como la ley 44-00 que establece la lectura e instrucción bíblica en las
escuelas públicas, y la ley 204 que declara como "Día de la Biblia"
el 27 de septiembre de cada año) son aberrantes a la luz de la Constitución, y contrarias
al espíritu de un estado laico, y a la prerrogativa constitucional de la libertad
de creencia, de conciencia y de culto (artículo 45).
En consecuencia, si bien se comprenden las
motivaciones de la ley 331-09 y otras; lo cierto es que, en virtud de todo lo
ya dicho; es verosímil concluir que la cura o aparente solución (en relación al
concordato), desde el punto de vista constitucional, es igual y no es mejor que
la enfermedad; pues tanto una como la otra colocan en una situación de franca
ventaja a dos expresiones religiosas en detrimento de todas las demás que
tienen presencia en el territorio nacional, así de sencillo.
¡Hasta la próxima!
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