La ley 331-09 y el Concordato, ¿una cosa tan criticable como la otra?


Una perspectiva crítica y racional


Héctor B. Olea C.


Mi postura frente a la ley 331-09 (que declara el 31 de octubre como «Día nacional de la comunidad evangélica y protestante»), es un asunto de coherencia y consistencia.

Me explico. Todo parece indicar que frente al hecho de no exhibir la clase política dominante la voluntad política para declarar inconstitucional el Concordato con el Estado Vaticano, y consecuentemente procurar su disolución; al menos un sector de la comunidad evangélica ha pretendido lograr una serie de legislaciones en su favor a los fines de lograr equilibrar un poco la balanza y ciertas condiciones ventajosas para sí.

Ahora bien, en virtud de que la República Dominicana es en realidad un estado laico, donde existe la libertad de creencia, de conciencia y de culto, que no tiene el estado dominicano religión oficial alguna, que en teoría no tiene compromiso con expresión religiosa alguna y que no ha de beneficiar una expresión religiosa en detrimento de las demás; en ese contexto, es obvio que tanto el Concordato como la ley 331-09 (así como la ley 44-00 que establece la lectura e instrucción bíblica en las escuelas públicas, y la ley 204 que declara como "Día de la Biblia" el 27 de septiembre de cada año) son aberrantes a la luz de la Constitución, y contrarias al espíritu de un estado laico, y a la prerrogativa constitucional de la libertad de creencia, de conciencia y de culto (artículo 45).  

En consecuencia, si bien se comprenden las motivaciones de la ley 331-09 y otras; lo cierto es que, en virtud de todo lo ya dicho; es verosímil concluir que la cura o aparente solución (en relación al concordato), desde el punto de vista constitucional, es igual y no es mejor que la enfermedad; pues tanto una como la otra colocan en una situación de franca ventaja a dos expresiones religiosas en detrimento de todas las demás que tienen presencia en el territorio nacional, así de sencillo.  



¡Hasta la próxima!


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