De las razones por las que todavía no se ha implementado la ley 44-00

Introducción a la lectura del Nuevo Testamento Griego (curso virtual aquí)


Algunas hipótesis, un enfoque crítico

Héctor B. Olea C.

De entrada debo decir que no soy, ni he sido funcionario del Ministerio de Educación de la República Dominicana (MINERD); tampoco soy ni he sido siquiera un miembro ordinario de la Confederación Dominicana de la Unidad Evangélica (CODUE), y por supuesto, jamás siquiera he trabajado para la Conferencia del Episcopado Dominicano (CED).

Ahora bien, al margen de lo que pensemos respecto de la existencia e implicaciones de la ley 44-00 (que establece la lectura e instrucción bíblica en las escuelas públicas, en los niveles básico y medio, pero no en los centros privados); es preciso poner de relieve que una actitud juiciosa, crítica y racional tendente a establecer, aunque fuere de manera hipotética y provisional, las posibles razones para la no implementación de la ley en cuestión a 18 años de su promulgación (6 de julio del año 2000), debe tener como punto de partida el texto de la ley misma.

En tal sentido, es preciso decir que la ley 44-00 con claridad meridiana establece cuáles son (nos guste o no) las dos instituciones responsables de presentarle al Consejo Nacional de Educación (órgano de decisión superior del MINERD) los programas correspondientes de la instrucción bíblica, para su aprobación.


En consecuencia, una buena actitud investigativa sería, en un primer momento,  acercarse al MINERD y procurar saber qué argumentos o razones tiene para la no implementación de la ley 44-00.

En este mismo orden, hay algunas preguntas básicas que se les podrían plantear al MINERD.

La primera: ¿Alguna vez se han acercado, en conjunto o por separado, la Conferencia del Episcopado Dominicano (CED) y la Confederación Dominicana de la Unidad Evangélica (CODUE), con al menos, un borrador de los que serían los programas de la instrucción bíblica en las escuelas, por supuesto, en el marco de la ley 44-00?  

La segunda: ¿Alguna vez ha cuestionado el MINERD al CED y a la CODUE respecto de las razones para no haber presentado ya (si es que todavía no lo han hecho) los programas de la instrucción bíblica en las escuelas, en conformidad a la ley 44-00?

Si la respuesta a esta pregunta es positiva: ¿Cuál fue la reacción del CED y de la CODUE?

En un segundo momento, acercarse a la Conferencia del Episcopado Dominicano (CED), y plantearle las siguientes preguntas.

La primera: ¿Alguna vez ha procurado la Conferencia del Episcopado Dominicano (CED) hacer algún contacto con la Confederación de la Unidad Evangélica (CODUE, a los fines de iniciar los trabajos tendentes a la definitiva elaboración de los programas de la instrucción bíblica en las escuelas, según lo que establece la ley 44-00 en los párrafos II, III y IV?

La segunda: ¿Alguna vez le ha presentado el CED a la Confederación Dominicana de la Unidad Evangélica (CODUE) al menos algún borrador de los posibles programas de la instrucción bíblica en las escuelas, según lo que establece la ley 44-00 en los párrafos II, III y IV?

En caso de que las respuestas a estas preguntas sean positivas: ¿Cuál fue la reacción o respuesta de la CODUE?

En un tercer momento, acercarse a la Confederación Dominicana de la Unidad Evangélica (CODUE), y plantearle las siguientes preguntas:  

La primera: ¿Alguna vez ha procurado la Confederación Dominicana de la Unidad Evangélica (CODUE) hacer algún contacto con la Conferencia del Episcopado Dominicano (CED), a los fines de iniciar los trabajos tendentes a la definitiva elaboración de los programas de la instrucción bíblica en las escuelas, según lo que establece la ley 44-00 en los párrafos II, III y IV?

La segunda: ¿Alguna vez le ha presentado la CODUE a la Conferencia del Episcopado Dominicano (CED), al menos algún borrador de los posibles programas de la instrucción bíblica en las escuelas, según lo que establece la ley 44-00 en los párrafos II, III y IV?

En caso de que las respuestas a estas preguntas sean positivas: ¿Cuál fue la reacción o respuesta del CED?

En suma, pienso que las preguntas aquí planteadas pueden ser de mucha ayuda para la persona que intente averiguar las razones por las que a dieciocho (18) años de su promulgación, todavía no se ha podido implementar la ley 44-00, insisto y, por supuesto, al margen de lo que pensemos de la vigencia e implicaciones de ley en cuestión.
                                    
Finalmente, soy de la opinión que la diputada del Partido Quisqueyano Demócrata Cristiano, Besaida Mercedes Abreu, antes de proponer una resolución para exigirle al MINERD la aplicación de la ley 44-00, debió plantearse las preguntas aquí propuestas, y demostrar un mejor sentido del papel de un levantamiento, de una verdadera pesquisa, en fin, poner de manifiesto una mejor actitud investigativa, más que una aparente actitud demasiado devota hacia la Biblia y hacia las presuposiciones de la tradición cristiana y evangélica respecto del papel de la Biblia en la iglesia y en la sociedad.

En todo caso, habrá que averiguar si el interés de la diputada Besaida Mercedes Abreu y del sector mayoritario de la comunidad evangélica es simplemente por lo que establece el párrafo I de la ley 44-00, cito: “Se establece a nivel inicial, básico y medio, después del izamiento de la Bandera y entonación del Himno Nacional, la lectura de una porción o texto bíblico”; o si el interés está en realidad en todos los aspectos de dicha ley, según lo que establecen los restantes seis artículos de la misma; así de sencillo.    





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