«Bíblicos» o «cristianos», ¿una diferenciación legítima y
necesaria?
Héctor
B. Olea C.
Por extraño que le parezca a muchas personas,
lo cierto es que no son pocos los casos en que una exégesis seria y no
caprichosa de los textos bíblicos, en su debido contexto histórico y sociocultural;
pone en evidencia lo cuestionable de muchas interpretaciones y posturas teológicas
muy populares y establecidas en el seno de la fe cristiana, o al menos reinantes
y características de ciertas corrientes, expresiones o tradiciones teológicas y
eclesiales.
En tan sentido, me parecen muy permanentes
aquí la recomendación de Daniel C. Arichea Jr, ex consultor de las Sociedades Bíblicas
Unidas: “El AT debe ser antes que todo traducido como Escritura judía o hebrea.
Aunque el AT forma parte del canon cristiano, y como tal puede ser
interpretado, es mucho más apropiado traducirlo como si no formara parte de
toda la Biblia. Este acercamiento al problema garantizaría que el significado
del Antiguo Testamento (el significado propuesto por los redactores y editores,
y el significado propuesto por el editor final) se mantenga como el objetivo
primario de la labor de traducción” (en el artículo «Algunas cuestiones de
traducción en el Antiguo Testamento», aparecido en la revista «Traducción
de la Biblia», de las Sociedades Bíblicas Unidas, Volumen 6, número 2 de 1996).
También son pertinentes aquí las palabras de
Water Brueggemann: “A mi entender, es obvio que el Antiguo Testamento no es
testigo de Jesucristo, en ningún sentido primario ni directo, tal como propone
Brevard Childs, a menos que se esté dispuesto a sacrificar más de lo creíble en
el texto” («Teología del AT, un juicio a YHVH», Sígueme, año 2007, página 124).
También: “Es obvio que el Antiguo Testamento no apunta ni obvia , ni limpia, ni
directamente hacia Jesús o hacia el Nuevo Testamento” (Brueggemann, obra
citada, página 768).
En tal sentido, ya nos imaginamos las presuposiciones
de obras como «Sentido cristiano del Antiguo Testamento», de Pierre Grelot (Desclée
de Brouwer, 1995, segunda edición); y el caso es todavía más triste y
problemático respecto de las pretensiones de la obra «Conociendo a Jesús en el
Antiguo Testamento» (cristología y tipología bíblica), de Eugenio Danyans,
publicada por CLIE, año 2008).
De todos modos, muy a pesar de los intentos y
enfoques reduccionistas de las obras mencionadas, y de otras que van en la
misma línea; lo cierto es que, como afirma Brueggemann: “La tarea del intérprete
teológico serio de la Biblia es prestar detenida y cuidadosa atención a lo que
hay en el texto, independientemente del modo en que ello concuerda con el
hábito teológico de la iglesia” (Obra citada, página 124).
Sigue diciendo Brueggemann: “Mi aviso es que
un estudiante serio del Antiguo Testamento, ubicado en una comunidad eclesial,
tiene la responsabilidad de leer cuidadosamente el Antiguo Testamento y
presentar a la comunidad eclesial no sólo aquellas lecturas que confirman la
teología eclesial, sino también (y quizás especialmente) aquellas que
contradicen, desafían y socavan la aparentemente fundada teología de la Iglesia.
A mi juicio, la teología de la Iglesia, tal como se práctica normalmente, es
por lo general reduccionista en lo que se refiere a la Biblia, tratando de ofrecer
fundamentos y certezas. Tal lectura puede ser molesta y perturbadora para «el
mundo», pero proporciona coherencia a los fieles” (obra citada, página 124).
En suma, las personas tienen el derecho de saber
lo que en realidad dicen los textos bíblicos, en sus idiomas originales, y a la
luz de sus contextos históricos y socioculturales; al margen de si ello
concuerda o no con las lecturas, conclusiones y pretensiones de las teologías
oficiales de las distintas tradiciones teológicas y eclesiales que tiene lugar
en el seno de la tradición judeocristiana.
Tal cosa supone que se comprenda que si bien
el AT es reclamado para sí por la fe cristiana, en realidad es un conjunto de
obras judías, un depósito propio de la fe
hebrea, y como tal debe ser traducido, leído, asumido y legítimamente interpretado.
Además y, como plantea Bruegemann: “cuando los cristianos leen el Antiguo
Testamento en relación con el Nuevo, están haciendo algo que resulta imposible
con la Biblia hebrea” (Obra citada, página 111).
Con relación al NT, es preciso que se
comprenda que si bien éste representa un depósito propiamente cristiano; sin
embargo, no lo es al estilo y las maneras de las distintas corrientes del
cristianismo que en realidad surgieron y se establecieron mucho tiempo después de
haberse extinguido las comunidades fundacionales de la fe cristiana y en el
contexto de las cuales surgieron los textos canónicos y no canónicos del NT
mismo.
Ahora bien, después las palabras introductorias,
paso a considerar el estudio de nuestro caso concreto: «el concepto bíblico de
adulterio».
¿Qué se entiende hoy por «adulterio», dentro
y fuera del contexto teológico y eclesial?
Respuesta: la relación sexual de una persona
casada (o al menos públicamente comprometida) con alguien que no es su cónyuge.
Pero, ¿es esta la idea bíblica de «adulterio»?
Por supuesto que no.
Observemos lo que al respecto dice específicamente
el Tanaj (AT):
“No
codiciarás la casa de tu prójimo, no codiciarás la mujer de tu prójimo, ni su
siervo, ni su criada, ni su buey, ni su asno, ni cosa alguna de tu prójimo”
(Éxodo 20.16)
“No codiciarás la mujer de tu prójimo, ni desearás la casa de tu prójimo, ni su tierra, ni su siervo, ni su sierva, ni su buey, ni su asno, ni cosa alguna de tu prójimo” (Deuteronomio 5.21).
“Además, no
tendrás acto carnal con la mujer de tu prójimo, contaminándote con ella” (Levítico 18.20)
“Si un hombre
cometiere adulterio con la mujer de su prójimo, el adúltero y la adúltera
indefectiblemente serán muertos” (Levítico 20.10)
“Porque
hicieron maldad en Israel, y cometieron adulterio con las mujeres de sus
prójimos, y falsamente hablaron en mi nombre palabra que no les mandé; lo cual
yo sé y testifico, dice Jehová” (Jeremías 29.23)
Como se puede observar por los textos bíblicos
mencionados, es obvio que para el Tanaj (el AT hebreo), para el judaísmo como
tal, incluso para el NT; el adulterio
consiste en la relación sexual de un varón (casado o no) con una mujer casada. Además,
si bien no he citado algún pasaje del NT, lo cierto es que la simple mención de
la palabra «adulterio» en el AT como en el NT (sin explicitar con la frase «con
o la mujer de tu prójimo»), ha de entenderse en el marco del concepto de «adulterio»
ya mencionado y reinante en la cultura hebrea.
Al respecto son pertinentes aquí, la
observación que plantea la introducción del tratado rabínico de las mujeres,
cito: “El adulterio en el judaísmo se produce básicamente en la mujer. El hombre,
debido a la poligamia, sólo comete adulterio si mantiene relaciones con una
mujer casada, y la víctima de esa deslealtad será siempre el marido de la
amante, nunca su propia esposa. Por ello, dentro de un matrimonio es sólo la
mujer la que puede ser castigada por una infidelidad” cuando” (En la introducción de la obra «Tosefta III Nashím, Tratado rabínico
sobre las mujeres», edición bilingüe con introducción, variantes textuales y
notas de comentarios, realizada por Olga Ruiz Morell, Aurora Salvatierra
Ossorio, con la colaboración de Lola Ferre Cano, publicada por Editorial Verbo
Divino, España, año 2001).
Ahora bien, para comprender este concepto de «adulterio»,
y la situación descrita por el «Tosefta», hay que familiarizarse con la situación
de la mujer en el concepto de «matrimonio» imperante en la cultura hebrea. Al respecto,
son valiosas aquí las palabras de R. de Vaux: “El decálogo en Éxodo 20.17,
enumera a la mujer entre las demás posesiones junto con el esclavo y la
esclava, el buey y el asno. Al marido se le llama el «ba‘al» de una mujer, su
dueño, de la misma manera que es el «ba‘al» de una casa o un campo, Éxodo 21.3,
22; 2 Samuel 11.26; Proverbios 12.4, etc. Una mujer casada es posesión de un «ba‘al»,
Génesis 20.3; Deuteronomio 22.22. «Tomar esposa» se expresa por el verbo de la
misma raíz que «ba‘al» y significa, por tanto, «hacerse dueño», Deuteronomio
21.13; 24.1” («Instituciones del Antiguo Testamento», página 58, publicada por
la Biblioteca Herder, en la sección de sagrada escritura, año 1992).
Por supuesto, una vez comprendemos esta
situación descrita por R. de Vaux y el «Tosefta», se comprenden las palabras de
Jesús en torno al adulterio.
En primer lugar, al margen del problema que
desde la Crítica textual involucra el caso de la mujer adúltera de Juan 7.53-8.11;
lo cierto es que en este relato se comprende entonces el que sólo la mujer (obviamente
casada) sorprendida en adulterio fue la que fue presentada ante Jesús, sin
incluir al varón.
En segundo lugar, se comprende el que Jesús
no haya visto nada de injusto en que sólo la mujer haya sido causada públicamente
de adulterio, que lo viera como algo normal, y el que Jesús ni siquiera haya
atinado a preguntar por el amante de la mujer casada y acusada de adulterio.
En tercer lugar, se hace comprensible que, mostrándose
Jesús radicalmente opuesto al divorcio, insista que en caso del marido
divorciarse (cosa que no podía hacerlo la mujer), hace que la mujer “adultere”.
Por supuesto, la novedad es que en Marcos 10.11, Jesús afirme, en este mismo
contexto, que el hombre que se divorciare de su esposa, comete adulterio contra
ella.
En cuarto lugar, lo dicho por Jesús en Mateo
5.27-28 (Oísteis que fue dicho: No cometerás adulterio.
28Pero yo os digo que cualquiera que mira a una mujer para codiciarla, ya
adulteró con ella en su corazón), ha de considerarse no una opinión contraria al
concepto común que se tenía del «adulterio» en la cultura hebrea, sino más bien
una ampliación y profundización (compárese Job 31.1).
En quinto lugar, incluso el uso del concepto
de «adulterio» en sentido figurado, se explica con base en la idea popular que
se tenía del «adulterio». En consecuencia, así como la mujer casada que
adulteraba le era infiel a su dueño, los seres humanos lo son respecto de Dios,
su creador, dueño y señor, en el contexto de la teología y antropología
judeocristiana.
En conclusión: No estoy planteando que el
concepto de «adulterio bíblico» sea el conveniente ni el que se imponga hoy por
las distintas teologías y éticas cristianas, en el marco de las distintas
tradiciones teológicas y eclesiales que tienen lugar en el seno de la fe
cristiana. Lo que estoy poniendo de relieve es la necesidad de que estemos claros
respecto de lo que en realidad significa en muchos casos y asuntos, el «ser
bíblicos»; que en honor a la verdad, no en pocas ocasiones consiste en no estar
en armonía con la tradicional postura de la fe cristiana en el aspecto, práctica
y asunto involucrado.
En verdad, ya en muchas ocasiones y respecto
de muchos asuntos, las distintas tradiciones teológicas y eclesiales de la fe
cristiana, han optado por las opciones no bíblicas, aunque a veces, sino es que
siempre, de una manera cuestionable, desde la perspectiva de la exégesis.
En todos caso, pienso que se impone que el
que se revise la muy popular idea de que el «ser bíblico» es siempre sinónimo
de «ser cristiano», o del mejor cristianismo posible; y que no hay camino mejor
y más seguro que el ser «ser bíblicos», al menos en términos teóricos y como marco
teórico, para la praxis o testimonio cristiano.
Insisto en el derecho que siempre tienen los
feligreses de saber lo que en realidad dice la Biblia respecto de cualquier
asunto, al margen de si tal discurso o perspectiva concuerda o se contradice
con la oficial postura eclesial.
Lo que recomiendo es que cuando la teología oficial
eclesial entienda que le es conveniente y necesario apartarse de la verdadera
perspectiva bíblica respecto de un asunto; por un lado, que no insista en la
supuesta “radicalidad bíblica” de la oficial e institucional teología cristiana;
por otro lado, que no apele a una descarada manipulación bíblica y textual;
sino que de manera abierta y responsable, se pongan de manifiesto las razones y
la necesidad de apartarse de la real y efectiva perspectiva bíblica respecto de
cualquier asunto.
Excelente.
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