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«Elojím» («Elohím») y «YHVH» con la conjunción «ve» («y») prefijada, nociones de morfosintaxis hebrea


«Elojím» («Elohím») y «YHVH» con la conjunción «ve» («y») prefijada

Nociones de morfosintaxis hebrea

Héctor B. Olea C.

A propósito de nuestro continuo «Curso de Hebreo clásico (bíblico)», desde cero, y avanzado (en la modalidad virtual o asincrónica); y muy a propósito del segundo año de nuestro «Curso de Hebreo clásico (bíblico)», que inicia el lunes 6 de enero 2025.

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La palabra «Biblia» en la «Traducción en lenguaje actual», cursos online y virtuales de lenguas bíblicas


La palabra «Biblia» en la «Traducción en lenguaje actual»

Un indiscutible anacronismo

Cuestiones de lingüística, exégesis y traducción bíblica

Héctor B. Olea C.

Por años he venido insistiendo en que la palabra «Biblia» no es bíblica, o sea, que dicha palabra no tiene presencia en la Biblia misma.

Por otro lado, es preciso poner de relieve que la idea dominante de Biblia (que incluye en una misma obra los libros de la Biblia Hebrea, la Biblia judía, y los libros de la Biblia cristiana, el llamado Nuevo Testamento, Nuevo Pacto, Segundo Pacto, Segundo Testamento, etc.), es indiscutiblemente una concepción cristiana, una elaboración cristiana.

En tal sentido, es preciso decir que el adjetivo «bíblico» en el hebreo moderno es «mikraí», o sea, estrictamente relativo a la «mikrá» (hebreo rabínico), el Tanaj, Biblia Hebrea, la Biblia judía, sin relación alguna a la Biblia cristiana (el llamado Nuevo Testamento, Nuevo Pacto, Segundo Testamento, etc.).

Ahora bien, llama la atención que, según una versión cristiana de la Biblia, conocida como «Traducción en lengua actual», publicada por Sociedades Bíblicas Unidas en el año 2002, la palabra «Biblia» (en su concepción estrictamente cristiana) sí es bíblica, y por eso la emplea no sólo en traducción de la Biblia cristiana (el llamado Nuevo Testamento, Segundo Testamento, Segundo Pacto, Nuevo Pacto), sino también en la traducción de la Biblia Hebrea, por supuesto, identificada como Antiguo Testamento (Primer Pacto, Antiguo pacto, Primer Testamento, etc.).

Consecuentemente, algunos textos bíblicos donde podemos constatar la presencia de la palabra «Biblia» en la «Traducción en lengua actual», en el campo de la Biblia Hebrea, son: Jeremías 2.8; 8.8:

Los sacerdotes nunca preguntaron por mí, los maestros de Biblia jamás me conocieron, los dirigentes pecaron contra mí, y los profetas no hablaron en mi nombre. Todos ellos siguieron a otros dioses que no sirven para nada, y en nombre de ellos hablaron” (Jeremías 2.8)

“¿Cómo se atreven ustedes a decir que son un pueblo inteligente y que me obedecen? ¡Hasta los maestros enseñan mentiras, y luego andan diciendo que así dice la Biblia!” (Jeremías 8.8)

En lo que respecta a la traducción del llamado Nuevo Testamento, pasajes emblemáticos son:

Mateo 7.12 “Traten a los demás como ustedes quieran ser tratados, porque eso nos enseña la Biblia

Juan 5.39 “Ustedes estudian la Biblia con mucho cuidado porque creen que así alcanzarán la vida eterna. Sin embargo, a pesar de que la Biblia habla bien de mí”

2 Timoteo 3.15 “Recuerda que desde niño has leído la Biblia, y que sus enseñanzas pueden hacerte sabio, para que aprendas a confiar más en Jesucristo y así seas salvo”

2 Timoteo 3.16 “Todo lo que está escrito en la Biblia es el mensaje de Dios, y es útil para enseñar a la gente, para ayudarla y corregirla, y para mostrarle cómo debe vivir”

Luego, un análisis del texto hebreo y griego de Jeremías 2.8 y 8.8, nos permite constatar que lo que la «Biblia en lengua actual» tradujo «Biblia» en estos dos textos de la Biblia Hebrea, es en realidad la palabra hebrea «torá» (instrucción, enseñanza, ley, regla, dictamen, decisión, etc.), con artículo en 2.8 («ja-torá»), pero en estado constructo en 8.8 («torát»). 

La Septuaginta, por su parte, tradujo el sustantivo «torá» con el sustantivo «nómos» (norma, regla, ley, precepto, instrucción, enseñanza, etc.), en ambos textos, en caso genitivo singular en Jeremías 2.8 («nómu»), y en caso nominativo singular en Jeremías 8.8 («nómos»).

En cuanto a los textos del Nuevo Testamento, la situación es la siguiente.

En Mateo 7.12, la palabra «Biblia» en la «Traducción en lenguaje actual» es la traducción de la frase «estin jo nómos kái jo profétai» (esto es lo que establecen la ley y los profetas, eso significan la ley y los profetas, en esto consisten la ley y los profetas).

En Juan 5.39 el sustantivo griego empleado es «grafé» (escrito, escritura, documento escrito, carta, etc.), por supuesto, en caso acusativo plural y con artículo («tas grafás»).

En 2 Timoteo 3.15 «Biblia» es la traducción de la frase griega «jiera grámmata» (escrituras sagradas, sagradas escrituras), el sustantivo «grámma» (letra grabada o escrita, carta, documento escrito, escritura, libro, incisión, tatuaje, etc.) en caso acusativo plural, con el adjetivo «jiéra» (forma léxica «jierós»: sagrado, consagrado, santo, etc.) en el mismo caso, género y número del sustantivo «grámmata», y con el artículo determinado entre corchetes.

En 2 Timoteo 3.16, «Biblia es la traducción del sustantivo «grafé», en caso nominativo singular, y sin artículo.

En resumen, muy a pesar de la «Traducción en lenguaje actual», es inadmisible y desacertada la traducción «Biblia» como reflejo de palabras hebreas y griegas que en ningún momento se emplearon en los textos bíblicos con la carga semántica (con el significado) que, principalmente las comunidades cristianas, asocian a la palabra «Biblia».

En conclusión, es un indiscutible anacronismo la presencia de la palaba «Biblia» en la Biblia.

¿Refleja la palabra «Biblia» en la versión «Traducción en lenguaje actual» la intención cristiana (en un tipo de pensamiento circular) de darle a dicha palabra una carga semántica, un estatus determinado con base en la Biblia misma?  

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Enlace para adquirir mi libro Presencia y Configuración del Cristianismo Protestante y Evangélico en la Rep. Dom.


 

Las personas interesadas en mi más reciente libro «Presencia y Configuración del Cristianismo Protestante y Evangélico en la República Dominicana» (versión digital, Kindle; la versión impresa estará disponible en los próximos días), lo pueden adquirir en el siguiente enlace:

 

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Mi libro sobre la presencia y configuración del cristianismo en la República Dominicana


Tengo a bien invitar a la adquisición y consideración de mi libro «Presencia y Configuración del Cristianismo Protestante y Evangélico en la República Dominicana» (versión digital, Kindle). Esta obra consiste en el informe de una investigación que hice en el año 2017 para la Pontificia Universidad Católica Madre y Maestra.

Como muestra del contenido de esta obra, citamos los siguientes párrafos:

En relación a la organización y configuración del mundo protestante y evangélico, analizamos el papel de la iglesia local en dicha tradición, considerando además el papel de los concilios, las confraternidades de iglesias y pastores, y las llamadas organizaciones representativas de la comunidad evangélica.

También dedicamos un capítulo para considerar los medios de comunicación masiva en manos de un sector o ministerio de la comunidad protestante y evangélica; lo mismo que para las instituciones de educación superior reconocidas por el Ministerio de Educación Superior, Ciencia y Tecnología (MESCyT).

Respecto de la Iglesia Adventista del Séptimo Día, y los Testigos de Jehová, hemos dedicado un capítulo aparte, donde consideramos su mención en las principales obras que analizan la llegada del cristianismo protestante y evangélico a la República Dominicana. También analizamos la interacción de estos dos grupos o comunidades con el segmento de iglesias que tradicionalmente representan el cristianismo protestante y evangélico.  

También nos preocupamos en esta investigación, del fenómeno de las llamadas iglesias independientes, y de las llamadas iglesias mesiánicas, como parte de este segmento. 

En resumen, en esta obra la persona encontrará una descripción completa e imparcial, pero crítica de la configuración y características del cristianismo protestante y evangélico en la República Dominicana.

Adquiéralo en el siguiente enlace, así de sencillo.

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Curso online de Griego Clásico (inicio 6 de marzo)



Introducción al Griego Clásico (comenzando desde cero)

Curso online dirigido al público general, a las personas amantes de la cultura griega, de las raíces griegas de la lengua castellana y la terminología científica, de la filosofía, a las personas interesadas en conocer la etapa de la lengua griega previa a la del griego koiné, para personas que aspiran a estudiar el griego koiné, para estudiantes de teología, Biblia, derecho, etc., etc., etc.

Duración: 6 meses. Día y horario de sesión: viernes de 8:00 a 10:00 PM (hora de Rep. Dom. y PR); 9:00 – 11:00 PM (Chile y Buenos Aires). 7:00 – 9:00 PM (Colombia, Perú y ciertas regiones de México).

Inversión mensual: 50 dólares.

Inicio viernes 6 de marzo. ¡Inscripciones abiertas hasta el 21 de febrero!
    
Más información vía correo electrónico (benjamin.olea30@gmail.com) y Whatsapp (+18092057814), así de sencillo.

La presencia de la Biblia en el Escudo de la Bandera Nacional


Una perspectiva crítica

Héctor B. Olea C.

Un hecho innegable es que ciertamente el Escudo de la Bandera Nacional de la República Dominicana tiene la Biblia abierta, específicamente en el Evangelio de Juan 8.32. En efecto, el artículo 32 de la Constitución vigente se lee: “El Escudo Nacional tiene los mismos colores de la Bandera Nacional dispuestos en igual forma. Lleva en el centro la Biblia abierta en el Evangelio de San Juan, capítulo 8, versículo 32.


Ahora bien, como sugiere el texto constitucional, la presencia de la Biblia en el Escudo de nuestra bandera nacional se explica no como si el texto constitucional fijara la Biblia como texto sagrado, incluso como texto que debe colocarse por encima de la Constitución misma en la administración del Estado Dominicano, y en los actos públicos y privados de las personas con presencia en el territorio de la República Dominicana.

En realidad, el que la Biblia esté abierta específicamente en Juan 8.32, en el Escudo de la Bandera Nacional, pone de manifiesto que la apelación a la Biblia, estrictamente en el texto citado, está supeditada a la lectura y apropiación hermenéutica de dicho texto (no cristológica por cierto), con tal de poner de relieve el principio de la libertad a la que aspiraban los fundadores de la patria, y que debería caracterizar el día a día en la misma, así como el futuro infinito de su existencia.

En tal sentido se comprenden las siguientes tres frases célebres del patricio Juan Pablo Duarte:

 “Nuestra Patria ha de ser libre e independiente de toda Potencia extranjera o se hunde la isla”.

“Dios ha de concederme bastante fortaleza para no descender a la tumba sin dejar a mi Patria libre, independiente y triunfante”.

“El esclavo soporta su suerte aunque oprobia su triste vivir; pero el libre prefiere la muerte al oprobio de tal existir”.

Además y, en este mismo sentido, se comprenden las últimas cuatro estrofas de nuestro Himno Nacional, de 1883, cito:

Compatriotas, mostremos erguida
Nuestra frente, orgullosos de hoy más;
Que Quisqueya será destruida
Pero sierva de nuevo, ¡jamás!

Que es santuario de amor cada pecho
Do la patria se siente vivir;
Y es su escudo invencible: el derecho;
Y es su lema: ser libre o morir.

¡Libertad! que aún se yergue serena
La Victoria en su carro triunfal,
Y el clarín de la guerra aún resuena
Pregonando su gloria inmortal.

¡Libertad! Que los ecos se agiten
Mientras llenos de noble ansiedad
Nuestros campos de gloria repiten
¡Libertad! ¡Libertad! ¡Libertad!

Finalmente, llama la atención que muy a pesar de lo que piensan muchas personas del cristianismo protestante y evangélico, el patricio Juan Pablo Duarte, y los demás fundadores de la Patria Dominicana, no estaban comprometidos con una lectura protestante y evangélica de la Biblia, sino que estaban comprometidos e identificados con una lectura de la Biblia esencialmente católica y romana, en conformidad a la teología y tradición de la Iglesia Católica y Romana.

Por supuesto, una sospecha legítima es que los fundadores de nuestra patria también estaban identificados con un canon bíblico distinto al canon que a ultranza defiende el cristianismo protestante y evangélico.

Consecuentemente, es preciso poner de relieve que la primera Constitución Dominicana, la promulgada el seis (6) de noviembre de 1844, estableció con claridad meridiana que la religión católica era la religión oficial de la república libre por la que habían luchado los llamados “Padres de la Patria”, cito:

“La Religión Católica, Apostólica, Romana, es la religión del Estado; sus Ministros, en cuanto al ejercicio del ministerio Eclesiástico, dependen solamente de los prelados canónicamente instituidos” (Artículo 38 de la primera Constitución Dominicana).

En suma, una vez que se comprenden las razones por las que los Padres de la Patria apelaron a la Biblia, y en la forma en que lo hicieron, en su relectura y actualización del principio de la libertad al que alude Juan 8.32 (en una lectura hermenéutica no cristológica); se debe concluir que la presencia de Biblia abierta en el Escudo Nacional tiene más que ver con la libertad en sentido general, con la libertad de creencia, de conciencia y de cultos (artículo 45 de la actual Constitución), que con su lectura obligada e impuesta por ley.

Es más, es preciso poner de manifiesto que tiene rango constitucional el que ninguna revisión o modificación a la Constitución podrá atentar contra el carácter democrático de nuestra nación:

“Forma de gobierno. Ninguna modificación a la Constitución podrá versar sobre la forma de gobierno que deberá ser siempre civil, republicano, democrático y representativo” (Artículo 268 de la Constitución actual); así de sencillo.

Concienciación sí; domesticación, no



Héctor B. Olea C.

A pesar de la sentencia de la Suprema Corte de Justicia del 22 de octubre del año 2008 sobre la no inconstitucionalidad del Concordato, es preciso tener en cuenta las siguientes dos observaciones:  

La primera, que dicha sentencia fue acompañada de una nota valiosa, interesante y muy llamativa de los Magistrados Rafael Luciano Pichardo y José Enrique Hernández Machado,  en la que dejan constancia de que, desde su punto de vista, la decisión de la Suprema Corte de Justicia debió ser declarar su incompetencia para juzgar el Concordato, para pronunciarse respecto de la constitucionalidad de dicho tratado, aunque lo hizo.  


La segunda, que la vigente Constitución del año 2010 (reformada en el año 2015 estrictamente en lo referente al artículo 124, con tal de favorecer la repostulación del presidente Danilo Medina), no emplea la palabra «oficial» con relación a religión o expresión religiosa alguna, sino específicamente respecto del idioma español o castellano, cito:

Artículo 29.- Idioma oficial. El idioma oficial de la República Dominicana es el
Español”.

En suma, en lo que a la Constitución actual respecta, no queda otra que admitir que la misma no fija, no establece que en la República Dominicana haya una “religión oficial”. Sin embargo, con claridad meridiana establece (artículo 39), por un lado, que ninguna persona puede ser discriminada por cuestiones ligadas a la religión, por asuntos meramente religiosos, por elegir una opción religiosa distinta a la mía, por no asumir o no identificarse con religión alguna, por declararse no religiosa o sencillamente atea; por otro lado, artículo 45, que el Estado Dominicano es garante de la libertad de conciencia, de creencias y de cultos.

En consecuencia, la persona que tenga oídos para oír, que entienda, así de sencillo.     



David, un hombre según el corazón de Dios, ¿en qué sentido?



Una perspectiva crítica


Héctor B. Olea C.

Si bien podemos decir que se entiende adecuadamente el uso de la expresión “un hombre según el corazón de Dios”; lo cierto es que tal expresión, como tal, no se la encuentra en la Biblia. Además, el que David haya sido considerado “un hombre según el corazón de Dios” ¿supone este calificativo que una indicación, un sello de perfección y de conducta intachable?

Por otro lado, es preciso poner de relieve que el punto de arranque para el empleo de esta muy popular expresión, lo encontramos en 1 Samuel 13.14 (sólo en la narración deuteronomista), en ocasión y contexto en que el profeta Samuel le comunica al rey Saúl que por su reiterada desobediencia Dios lo había desechado para seguir siendo rey, y se había buscado un sustituto que era conforme a su corazón.  Consideremos dicho texto:

“Mas ahora tu reino no será duradero. Jehová se ha buscado un varón conforme a su corazón, al cual Jehová ha designado para que sea príncipe sobre su pueblo, por cuanto tú no has guardado lo que Jehová te mandó” (1 Samuel 13.14)

Por otro lado, encontramos en el Nuevo Testamento la única referencia en toda la Biblia a 1 Samuel 13.14, a saber Hechos 13.22. Consideremos también este texto:

“Quitado éste, les levantó por rey a David, de quien dio también testimonio diciendo: He hallado a David hijo de Isaí, varón conforme a mi corazón, quien hará todo lo que yo quiero”

Ahora bien, ante esta apelación acrítica del autor de Hechos a 1 Samuel 13.14, cabe preguntar: ¿Habrá conocido el autor de Hechos la misma historia de David que nosotros conocemos ateniéndonos estrictamente a la narración canónica del Antiguo Testamento?

Además, por el contexto en que surge la idea de “un varón conforme al corazón de Dios”, tenemos que concluir que “un hombre según el corazón de Dios”, sencillamente sería un hombre común y corriente, de carne y hueso, pero preocupado y esforzado en hacer lo que Dios le ordenara, lo que Dios le pidiera, en fin, la voluntad de Dios (cosa que le fue prácticamente imposible para Saúl, y en cierta forma, para David también). 




En consecuencia, el contraste que vino a sugerir la expresión “un varón conforme al corazón de Dios”, es el siguiente: Saúl, “hombre no conforme al corazón de Dios” (varón desobediente); el sustituto de Saúl, David, un “hombre conforme al corazón de Dios” (varón obediente).

Pero cabe preguntar: ¿Fue en realidad David un hombre conforme al corazón de Dios”, en el sentido básico al que apunta dicha expresión? ¿Fue David tan obediente como se esperaba? Además, al considerar todos los hechos de David, ¿en realidad fue Saúl tan malo como se cree o nos han hecho creer?

Luego, según la narración bíblica misma y, en sentido estricto, ciertamente Saúl no pudo ser un hombre “conforme al corazón de Dios”, pero David tampoco.
      
Consecuentemente, es legítimo preguntar: ¿Fueron mortales los pecados de Saúl, pero veniales, los de David? ¿Tuvo Dios un villano o pecador favorito, David? ¿Cómo habrán sido matizados y retocados los relatos de la vida de David en la medida en que la figura de éste se fue idealizando? ¿En verdad mató David a Goliat (compárese 1 Samuel 17.1-58; 2 Samuel 21.19)?

Pienso que una manera de articular una respuesta adecuada a estas preguntas es considerando la perspectivas desde las cuales escribieron los autores de los llamados libros históricos del Antiguo Testamento.

En primer lugar, como nos dice Antonio González Lamadrid, “En la Biblia todos los libros son teológicos, también los que llamamos históricos, incluidos 1 y 2 Samuel. Esta realidad nos dice mucho de cómo y por qué se incluyen y se excluyen ciertos detalles en toda la narración bíblica”.

En segundo lugar, como también nos dice el mismo Lamadrid: “Una lectura comparada de las historias deuteronomista (Josué, Jueces, 1 y 2 Samuel, 1 y 2 Reyes) y cronista (1 y 2 Crónicas, Esdras, Nehemías), permite descubrir la libertad de los historiadores bíblicos a la hora de tratar los acontecimientos y sus protagonistas. Cierto, no es una libertad caprichosa, sino que viene determinada por dos acondicionamientos principales. Primero, por los presupuestos teológicos de los que parte que cada uno de los historiadores. Segundo, por la finalidad que se proponen y los destinatarios a los que dirigen la obra” («Historia, Narrativa, Apocalíptica», páginas 139, 140).



En tercer lugar, como muy bien apunta la Biblia del peregrino edición de estudio (de Luís Alonso Schokel) en la introducción a los libros de Samuel: “En primer lugar, el Duteronomista tiene ideas bastantes claras y precisas, que orientan el relato en su conjunto. Los criterios del Deuteronomista  y la situación histórica condicionan seriamente al autor. Su historiografía es tendenciosa. En segundo lugar, estos libros de Samuel son descaradamente favorables a David, contra Saúl, y por tanto, no menos tendenciosa”.

En cuarto lugar, si bien los libros de Samuel son muy favorables a David, no es menos cierto que nos muestran a un David mucho menos idealizado como el que nos presenta la historia cronista. “La tendencia a idealizar a David alcanzará su culminación dentro de la Biblia en la historia del cronista. El David de 1 Crónicas es el hombre y el rey ideal, todo luz y claridad, sin manchas, ni sombras” (Lamadrid, fuente citada, página 139).

En quinto lugar, si bien es demasiado favorable a David, la historia deuteronomista; no es menos cierto que para el deuteronomista no es David el rey ideal y perfecto, sino Josías (considérese 2 Reyes 23.25). Por otro lado, es David el rey ideal y perfecto para el cronista. Esto explica por qué en los libros de Samuel, David es presentado con muchas luces, pero también con muchas sombras, pero en la obra cronista, como un monarca perfecto.   

Además, precisamente por lo que acabo de decir, se comprende que el deuteronomista no excluyera los detalles relacionados a la relación de David y Jonatán, incluso si habrían de originar ciertas sospechas de que tal relación podría implicar un posible amorío de tipo homosexual entre éstos. A la vez, y por las mismas razones, se comprende que el cronista en su versión o relato excluyera los detalles relacionados con la relación entre David y Jonatán.    

En sexto lugar, si la sospecha de que la relación entre David y Jonatán, según nos la cuenta el deuteronomista, ciertamente podía dar origen a ciertos cuestionamientos y hacer pensar que hubo entre ellos algo más, mucho más que una profunda amistad (como pensamos nosotros); si esta fue la sospecha del cronista y por eso ignoró este detalle de la vida de David; sin duda que tenía razón.  

En séptimo lugar, si la sospecha de que la relación entre David y Jonatán, según nos la cuenta el mismo deuteronomista, ciertamente podía dar origen a ciertos cuestionamientos y hacer pensar que hubo entre ellos algo más, mucho más que una profunda amistad; si esta fue la sospecha del deuteronomista, y por eso se esmeró en contarla con lujo de detalles, como una manera de establecer ciertos contrastes entre David, el rey imperfecto (con una imagen pública y privada muy cuestionable), y hasta envuelto en una relación amorosa de tipo homosexual; y Josías, su rey perfecto; sin duda que también tuvo razón.  

Finalmente, si para el cronista David fue el hombre conforme al corazón de Dios, es decir, obediente en todo (cuando en realidad no lo fue); para el deuteronomista lo fue Josías, así de sencillo.

Elementos para el abordaje cristiano (como tema teológico) de la relación domínico haitiana



Una perspectiva consciente pero crítica

Héctor B. Olea C.

Pienso que Mateo 5.9 es un excelente punto de partida para asumir el tema de la relación domínico haitiana como un tema teológico, como un inevitable asunto que debe formar parte de la llamada “voz profética” de la iglesia, en este caso, de las comunidades cristianas y evangélicas.  

Pues bien, Mateo 5.9, como parte del muy conocido “Sermón de la montaña”, nos regala la afirmación de Jesús: “Bienaventurados (dichosos) los pacificadores, porque ellos serán llamados hijos de Dios”.

Ahora bien, «los pacificadores», es la traducción de la expresión (frase, sintagma) griega «joi eirenopoiói», que consiste en un participio articular (con artículo) en tiempo presente, voz activa, caso nominativo masculino plural (con valor de un sustantivo), del verbo «eirenopoiéo» (hacer, construir la paz), que significa: constructores de paz, hacedores de paz, personas que luchan por el establecimiento de la paz, y no precisa y curiosamente, personas que oran o rezan por el establecimiento de la paz.

Consecuentemente, me parecen obvias las implicaciones sociales, y sociopolíticas de la frase «joi eirenopoiói» (constructores de paz) en el contexto del “Sermón de la montaña”, y hoy en nuestro contexto histórico, político y sociocultural, para nuestra lectura bíblica contextual, para nuestro desafío hermenéutico.       

En tal sentido, pienso que justa y precisamente asumimos el compromiso de identificarnos como «joi eirenopoiói» (constructores de paz) cuando asumimos abierta, sobria y responsablemente, el tema de la relación domínico haitiana como un inevitable, pertinente y persistente tema teológico.

Entonces, desde nuestro punto de vista, pensamos que el abordaje del tema de la relación domínico haitiana como tema teológico, aunque fuere de manera tentativa o provisional, debe ir en la siguiente línea.

En primer lugar, debe mostrarse comprometido con poner de relieve la llamada soberanía y autodeterminación (conceptos hoy esencialmente relativos) de los pueblos, en igual medida y proporción tanto respecto de República Dominicana, como de Haití.

En segundo lugar, mostrar su compromiso con una migración legal y responsable, tanto respecto de Haití como de República Dominicana. Consecuentemente, el abordaje de la relación domínico haitiana como tema teológico ha de poner de relieve el derecho de cada nación, de toda nación, de tener una política migratoria clara, justa, coherente y consistente, en el contexto de su marco jurídico vigente, y en conformidad a los tratados internacionales de los que ambos países sean signatarios.  

Por supuesto, se espera que tanto República Dominicana como Haití sean consistentes en su política migratoria, de forma que no reciban los nacionales haitianos en República Dominicana, ni los nacionales dominicanos en Haití, un trato vejatorio, ilegal, discriminatorio, precisamente al margen de legislación migratoria vigente, al margen del marco jurídico vigente en ambas naciones.

En tercer lugar, debe exigir que el estado dominicano proteja y garantice los derechos adquiridos de toda persona de nacionalidad haitiana que entre al territorio dominicano de manera legal, cumpliendo con las exigencias formales y legales que tiene el marco jurídico vigente, incluyendo la ley de migración. Por supuesto, lo mismo se le ha de exigir a la República de Haití respecto de los nacionales dominicanos que entren de manera legal al territorio haitiano.

En tal sentido, una postura cristiana responsable debe exigirle al estado dominicano el actuar con diligencia y responsabilidad, sin miramientos, cuando algún sector o persona de la sociedad dominicana pretenda atentar contra cualquier persona de nacionalidad haitiana sólo por el hecho de ser haitiana, al margen de la ley, y violentando sus derechos adquiridos en el contexto del marco  jurídico vigente en la República Dominicana.  

Sin duda, no es posible que se pretenda legitimar que nacionales dominicanos, de manera personal o en especie de turba, pretendan hacer una aplicación particular de la ley frente a nacionales haitianos (legales o no), sólo por el hecho de que en la comisión de un determinado delito se sospeche la participación de una persona de nacionalidad haitiana.

Tampoco es posible pretender legitimar que nacionales dominicanos con competencia legal o no, procuren que algún o todo nacional haitiano debe pagar (ya fuere parte del conflicto o no), debe sufrir al margen de la ley (y en diversas maneras, por supuesto), por el simple hecho de que haya existido un conflicto aislado entre un nacional dominicano y un nacional haitiano.  

Además, en caso de que una persona de nacionalidad haitiana con presencia legal o ilegal en territorio dominicano, que violente alguna ley o disposición vigente en el marco jurídico dominicano, dicha persona merece un juicio legal, justo, sin que se atente contra su integridad física y moral, sin que se actúe al margen del marco jurídico vigente. Evidentemente, no es, pues, una turba de nacionales dominicanos la que debe decidir (y sin consecuencias penales para dicha turba) la penalidad o castigo que se le debe de imponer, en este caso, al nacional haitiano.   

En cuarto lugar, el abordaje de la relación domínico haitiana como tema teológico, debe exigir el compromiso de las autoridades dominicanas, como de toda la población, de darle a los nacionales haitianos en territorio dominicano (legales o no), el mismo trato justo, respetuoso y solidario que deseamos y esperamos que se le brinde a nuestros compatriotas dominicanos (legales o no), en cualquier y toda parte del mundo.

En quinto lugar, ciertamente tiene el estado dominicano (como el estado haitiano) el derecho de repatriar a toda persona que haya entrado de manera ilegal al territorio dominicano; sin embargo, esto no significa que en dicho proceso se justifique el que no se respete la normativa legal al respecto, ni que se violenten ni dejen de garantizarse los derechos fundamentales de la persona de nacionalidad haitiana, como de cualquier otro ser humano.

Por supuesto, las autoridades dominicanas, la población dominicana en general, así como los distintos grupos religiosos, deben estar atentos para que sea la ley, y no el prejuicio histórico y racial el que determine el trato que debe recibir todo nacional haitiano en territorio dominicano.  

En sexto lugar, no es posible ni legítimo que el estado dominicano asuma las consecuencias tristes y lamentables de la inestable y crítica historia democrática del vecino y hermano país Haití; sin embargo, tampoco es imposible que, como en efecto lo hace y ha hecho (de manera formal e informal), la República Dominicana, de manera clara, responsable y en una proporción adecuada, le extienda un brazo solidario y compasivo a la hermana República de Haití.  

El séptimo lugar, el sector religioso de la República Dominicana, como el que propiamente representan las comunidades evangélicas, debe comprometerse a hacer mucho más que sencillamente “orar” o “rezar” por el tema de la relación domínico haitiana. En realidad deben los sectores religiosos nacionales comprometerse a que, como muchos otros temas relevantes, el tema de la relación domínico haitiana tenga una presencia perenne y notoria en el ejercicio de la llamada “voz profética” de la iglesia.   

En octavo lugar, deben comprometerse las comunidades evangélicas a tener una voz activa por la defensa de la garantía de los derechos humanos, de la integridad física, de los derechos adquiridos, de las propiedades adquiridas por personas de nacionalidad haitiana, como del nacional de cualquier otro país, con presencia legal o ilegal en territorio dominicano. 

Además y, en tal sentido, Mateo 7.12 (“Así que, todas las cosas que queráis que los hombres hagan con vosotros, así también haced vosotros con ellos; porque esto es la ley y los profetas”) nos provee un interesante y valioso referente (el de la reciprocidad), para que nosotros, los dominicanos, le ofrezcamos a los nacionales haitianos, como al nacional de cualquier otro país del mundo, el mismo trato que esperamos que se le dé a nuestros compatriotas dominicanos en todo y cualquier país del mundo.   

En conclusión, este es, pues, mi granito de arena al tema en cuestión. Ojalá muchas otras personas también se animen y se atrevan a plantear y a exponer su contribución de manera sobria, y sin prejuicios; asumiendo el ser “constructores de paz” como un compromiso ineludible, en el marco del testimonio cristiano, como parte de la ética social cristiana. Después de todo, no habrá paz social, sin justicia social, así de sencillo.

Clama a voz en cuello, no te detengas; alza tu voz como trompeta, y anuncia a mi pueblo su rebelión, y a la casa de Jacob su pecado. 2Que me buscan cada día, y quieren saber mis caminos, como gente que hubiese hecho justicia, y que no hubiese dejado la ley de su Dios; me piden justos juicios, y quieren acercarse a Dios. 3¿Por qué, dicen, ayunamos, y no hiciste caso; humillamos nuestras almas, y no te diste por entendido? He aquí que en el día de vuestro ayuno buscáis vuestro propio gusto, y oprimís a todos vuestros trabajadores. 4He aquí que para contiendas y debates ayunáis y para herir con el puño inicuamente; no ayunéis como hoy, para que vuestra voz sea oída en lo alto. 5¿Es tal el ayuno que yo escogí, que de día aflija el hombre su alma, que incline su cabeza como junco, y haga cama de cilicio y de ceniza? ¿Llamaréis esto ayuno, y día agradable a Jehová?6¿No es más bien el ayuno que yo escogí, desatar las ligaduras de impiedad, soltar las cargas de opresión, y dejar ir libres a los quebrantados, y que rompáis todo yugo? 7¿No es que partas tu pan con el hambriento, y a los pobres errantes albergues en casa; que cuando veas al desnudo, lo cubras, y no te escondas de tu hermano? 8Entonces nacerá tu luz como el alba, y tu salvación se dejará ver pronto; e irá tu justicia delante de ti, y la gloria de Jehová será tu retaguardia. 9Entonces invocarás, y te oirá Jehová; clamarás, y dirá él: Heme aquí. Si quitares de en medio de ti el yugo, el dedo amenazador, y el hablar vanidad; 10y si dieres tu pan al hambriento, y saciares al alma afligida, en las tinieblas nacerá tu luz, y tu oscuridad será como el mediodía. 11Jehová te pastoreará siempre, y en las sequías saciará tu alma, y dará vigor a tus huesos; y serás como huerto de riego, y como manantial de aguas, cuyas aguas nunca faltan. 12Y los tuyos edificarán las ruinas antiguas; los cimientos de generación y generación levantarás, y serás llamado reparador de portillos, restaurador de calzadas para habitar” (Isaías 58.1-12).



Biblia, derecho, delitos y pecados


Una perspectiva cívica y crítica

Héctor B. Olea C.

La actual Constitución dominicana, en su artículo 45, establece un principio que al menos para un sector de la comunidad evangélica es prácticamente imposible, o por lo menos un poco menos que imposible, de comprender, asimilar y de ajustar su discurso y práctica a dicho principio; por supuesto, esta misma dificultad se constata también en otro amplio sector de la sociedad dominicana que no se identifica con religiosidad alguna.  

Este principio es el de la libertad de creencias, de conciencia y de cultos. Ahora bien, este principio supone, por un lado, el derecho de la comunidad evangélica de creer, vivir y practicar aquello que se conforme a sus presuposiciones teológicas y a su particular lectura de la Biblia, por supuesto siempre en el marco de la ley, el marco jurídico vigente, y los derechos fundamentales e inalienables del ser humano.  

Por otro lado, el derecho que tiene el resto de la sociedad, incluso, la que confiesa una religiosidad distinta o ninguna religiosidad, de creer, vivir y practicar aquello que se conforme a sus presupuestos filosóficos e ideológicos; obviamente, también en el mismo marco de la ley, el marco jurídico vigente y los mismos derechos fundamentales e inalienables del ser humano.

Después todo, tanto el sector religioso como el que no se identifica con espiritualidad o religiosidad alguna, están supeditados a lo que establece el artículo 39 (en su introducción) de la misma Constitución dominicana vigente:

“Todas las personas nacen libres e iguales ante la ley, reciben la misma protección y trato de las instituciones, autoridades y demás personas y gozan de los mismos derechos, libertades y oportunidades, sin ninguna discriminación por razones de género, color, edad, discapacidad, nacionalidad, vínculos familiares, lengua, religión, opinión política o filosófica, condición social o personal”.

Luego, si bien comprendemos el papel que desempeña la Biblia, y mucho más que la Biblia, la particular lectura de la Biblia (la cual está supeditada a una particular conjunto de presuposiciones teológicas) que lleva a cabo cada sector, cada tradición del cristianismo protestante y evangélico; la comunidad cristiana y evangélica debe comprender que es con base en el marco jurídico vigente, y no con base en la Biblia ni su particular conjunto de presuposiciones bíblico-teológicas, que se ha de juzgar el comportamiento personal e institucional, público y privado.

Consecuentemente, es evidente que se hace demasiado necesario que la comunidad cristiana y evangélica comprenda de una vez y por todas, asimile, y acepte, que no es posible hacer coincidir su concepto de “pecado” y “conducta inmoral” con lo que la ley y el derecho consuetudinario consideren delito.   

En suma, cierto, la comunidad cristiana y evangélica tiene derecho a la palabra, pero no sólo ella; y su discurso ni es el único, ni necesariamente el mejor. Por supuesto, tampoco ha de considerarse una voz privilegiada, desinteresada, la más justa, la que está por encima del bien y del mal, en fin la única; sino y más bien una voz más entre otras, que merece ser escuchada y valorada, pero como las demás, sujeta al escrutinio de todos y todas; así de sencillo.  



¡Hasta la próxima!

Los milagros en la tradición bíblica


Unas sugerencias metodológicas desde el campo de la exégesis bíblica


Héctor B. Olea C.

La visita a la República Dominicana del señor T.B. Joshua, y la realización de su cruzada el viernes 24 y el sábado 25 del pasado mes de noviembre; ha originado un debate sobre el tema de la existencia, realidad y vigencia de los milagros. ¿Es posible hablar en la actualidad con seriedad del tema de los milagros?

En consecuencia, como una manera de hacer un aporte serio a esta discusión, desde el campo de la exégesis bíblica; me propuse compartir estas líneas, una serie de sugerencias metodológicas que pienso deben ser tomadas en cuenta por la persona que aspire a pronunciarse con seriedad y conciencia, sin dogmatismo alguno, sobre el tema de los milagros.  




En tal sentido debo confesar que voy estas sugerencias las he tomada, modificado y ampliado, de dos magníficas obras sobre el tema que nos ocupa; obras que, por supuesto, recomiendo. La primera es «Milagros, una interpretación existencial», de Josef Imbach, publicada por Ediciones Mensajero, año 1998.  

La segunda obra es «Los milagros de Jesús», por Xavier Léon-Dufour (además editor), junto a un grupo de especialistas. Esta obra fue publicada (traducción) por Ediciones Cristiandad, año 1979. La segunda edición de esta obra, la que tengo a mano, corresponde al año 1986.

A continuación las recomendaciones:

“La historia comparada de las religiones nos permite evaluar correctamente cada una de las tradiciones de milagros. Además este método nos permite realizar una tipología de las narraciones de milagros y ordenarlos en diversos grupos” (Imbach, página 30).

“La noción de milagro como un suceso que contradice el proceso ordinario de las cosas o las leyes de la naturaleza; se fundamenta en la falacia de que las leyes naturales se conocen en su totalidad y sin excepción alguna” (Imbach, página 36).

“En tal sentido, el milagro sería más bien una contradicción de lo que nosotros sabemos de esas leyes. Semejante reserva metodológica vale también para el científico de la naturaleza, que tampoco tiene razón alguna para afirmar que Dios no influye o puede influir en el curso de las leyes naturales” (Imbach, página 39).

En este punto me parecen muy oportunas las palabras del escritor inglés Keith Chesterton, citado por Imbach (página 64): “No puedo imaginar momento peor en la vida de un ateo (y no necesariamente, digo yo) que aquel en que sabe que tiene que agradecer algo a alguien y no sabe a quién”.  

“En un sentido estricto, se habla de milagros en el ámbito y contexto religioso. Consecuentemente, se considera el milagro como el hijo de la fe, porque la fe es la que capacita al ser humano para la acción de Dios en todos los acontecimientos. Pero esta fe no depende de milagros espectaculares” (Imbach, página 65). Luego y, al menos en teoría, sólo habla de milagros quien se identifica y asume una idea de un Dios personal, no quien se identifica y compromete con una idea panteísta del mismo, o quien niega la existencia de Dios.

“Que los milagros de Jesús, hace resaltar Imbach (página 60), no son una prueba «neutral» de su mensaje queda demostrado por la actitud de sus adversarios. Estos no niegan sus hechos, pero lo interpretan de distinto modo, y siguen firmes en su incredulidad.”  

Además, “la fe, o al menos la predisposición a ella es la condición para los milagros”. En tal sentido, precisa Imbach (página 61), “los evangelistas insisten repetidas veces en que Jesús requiere la cooperación de la fe para la realización del milagro”.

Sin embargo, como muy bien pone de relieve Xavier Léon-Dufour, “la presencia de la fe en los relatos joánicos de milagro suele ser sorprendente: sólo en dos relatos aparece mencionada expresamente y como requisito previo al milagro. En otras ocasiones, la fe no es condición, sino consecuencia del milagro y se convierte en reconocimiento de la gloria de Jesús” (página 264).

También que, “en los relatos de curación, la fe es un requisito; en los demás, si aparece, es como consecuencia: cede su puesto a la iniciativa de Jesús. Por tanto, si hay una característica joánica de la fe, es la que aparece como consecuencia del milagro” (Xavier Léon-Dufour, páginas 264 y 265).

“Más que el obstáculo y la persona desdichada, más que la fe, es el taumaturgo (Jesús con su iniciativa absoluta) quien adquiere relevancia en el evangelio de Juan” (Xavier Léon-Dufour, página 265).

En todo caso, como plantea Xavier Léon-Dufour, “en los cuatro evangelios no es posible suprimir los relatos de milagro, porque forman parte de la estructura misma del género «evangelio»” (página 259).  

“En el campo científico, en el campo de las ciencias naturales, el milagro como concepto no existe. Por esta razón cuando un científico de la naturaleza se encuentra con un hecho extraordinario que no encaja con las leyes naturales conocidas, no por eso se siente legitimado para hablar que está frente a una intervención divina. Dentro del campo de las ciencias naturales, por principio, no existe el concepto de milagro, sino sólo fenómenos al momento inexplicables” (Imbach, página 36).

“Realmente muchas cosas que antes se consideraban milagros son hoy explicables de modo natural gracias a los avances científicos. Al mismo tiempo, también hemos aprendido que las teorías científicas merecen un crédito relativo.  De todas maneras, el problema de si algunos sucesos misteriosos, por ejemplo curaciones sorprendentes de enfermedades incurables, podrán algún día ser explicados de manera natural, no desaparece con la posibilidad de la existencia de los milagros (Imbach, páginas 37 y 38).

Con relación, por ejemplo, a las llamadas enfermedades sicosomáticas, plantea Imbach (página 38): ¿No podríamos imaginar que, en sentido inverso, algunas curaciones son psicógenas, gracias a la activación de fuerzas espirituales, propias del ser humano, y acerca de las cuales tenemos una información todavía muy deficiente?”    

Por otro lado, “los teólogos, exégetas y religiosos en sentido general, no pueden evadir el que, incluso en el campo religioso mismo, exista una especie de frontera con el milagro. En tal sentido llama poderosamente la atención que no tenemos ejemplos de milagros que incluyan creación de nueva materia. Por lo menos no tenemos noticias de milagros en que, por ejemplo, se afirme y testifique que una pierna (mano, brazo, dedo, etc.) que fue amputada ha crecido de nuevo” (Imbach, página 38).  

“Según el entendimiento bíblico, se realiza un milagro no sólo allí donde sucede algo extraordinario, sino siempre que una persona reconoce la acción de Dios en las cosas más ordinarias de la vida”. “Según la concepción bíblica, los hechos extraordinarios, sean cuales sean, sólo sirven para recordarnos que toda actuación de Dios en la persona es un único milagro” (Imbach, página 63).  

El abordaje adecuado del tema de los milagros desde la exégesis bíblica no puede ignorar la intencionalidad y los fines de los relatos de milagros; por supuesto, dentro del marco de sus propios ambientes históricos y socioculturales. Tampoco debe evadir el análisis semiótico, ni el análisis desde la crítica de las formas y de la crítica de la redacción.  

En tal sentido, plantea Imbach (páginas 43 y 44), “además de una historia dela tradición, se habla también de una historia de la redacción. Este concepto se refiere al hecho de que esas unidades textuales de los libros bíblicos, transmitidos, al principio oralmente y, luego, en un tiempo posterior, por escrito, fueron reunidos, reelaborados (redactados) en un libro.

“Así las tradiciones del pasado se actualizaron con la vista puesta en las necesidades actuales de sus destinatarios. Por eso, algunas noticias bíblicas no nos ofrecen la realidad de los acontecimientos narrados, sino que nos permiten más bien una visión de la situación vital del grupo al que se dirigen, o nos posibilitan sacar consecuencias de esa situación. Tales intervenciones redaccionales-condicionadas por el tiempo y la situación- en el material transmitido son también, desde luego, normales, en las narraciones de los milagros” (Imbach, página 44).     

“Todo el contexto sociocultural como el género de los evangelios exigen un examen crítico de los relatos de milagro por parte de quien desee pronunciarse  sobre su historicidad. Una aceptación a priori de la última iría contra lo que el espíritu humano puede hoy reivindicar como uno de sus derechos más estrictos y, si la persona es creyente, como condición de un paso en el que compromete todo su ser” (Xavier Léon-Dufour, página 143).

“Por esta razón, todo juicio sobre la historicidad sobre los milagros de Jesús debe estar inspirado e ir acompañado por una gran modestia. En cualquier hipótesis, el historiador no pasará de un grado relativo de probabilidad, como es de esperar de la ciencia histórica” (Xavier Léon-Dufour, página 144).

En todos caso y, resumen, si bien la fe capacita a la persona para al menos aceptar la existencia de los milagros (aunque en verdad no todo que llamamos milagro lo es); si bien la posible no confesión de fe de la persona no científica la inhabilita para hablar de la existencia de milagros; una cosa es cierta: los relatos bíblicos de milagros de por sí no prueban la historicidad y existencia de los mismos; pero el método científico tampoco prueba la no existencia de los milagros.

Por otro lado, como lo pone en evidencia la obra: «¿Son vigentes los dones milagrosos? Cuatro puntos de vista», escrita por varios eruditos evangélicos, con  Wayne A. Grudem como editor general, y publicada por Editorial CLIE; incluso en el ambiente estricto del pensamiento teológico del cristianismo protestante evangélico, no existe una postura uniforme y monolítica frente al tema de los milagros.      
  
En conclusión, pienso que, sin despojarnos del todo de una actitud marcada por una fe viva, mucho bien nos hará (a creyentes y no creyentes) hablar del tema de los milagros, de la presencia de éstos en la tradición bíblica, sin dogmatismo alguno, con una actitud crítica, juiciosa y reflexiva, acompañada a la vez por la humildad y la modestia; así de sencillo.