Llamará, llamarás, llamarán, Isaías 7.14, Mateo 123 y Lucas 1.31

«Llamará», «llamarás», «llamarán»

Isaías 7.14, Mateo 1.23 y Lucas 1.31 en el centro de esta cuestión

Cuestiones de intertextualidad, lingüística y traducción bíblica

 

Héctor B. Olea C.

Si bien no siempre será posible que la persona exégeta pueda tener un indiscutible dominio de la gramática de la lengua hebrea y de la gramática de la lengua griega al mismo tiempo y en la misma calidad y proporción (por muchas razones, por supuesto); no es menos cierto que tener dicha competencia sitúa a la persona exégeta en una posición especial, privilegiada y hasta envidiable.  

Esto así porque tiene la potestad de ver tanto el texto hebreo como el griego con sus propios ojos, y poder analizarlo de una manera directa, por sí misma.

En tal sentido y, a la manera de ilustración, quiero poner de relieve una interesante situación relacionada con la intertextualidad que involucra el texto de Isaías 7.14, Mateo 1.23 y Lucas 1.31 en relación al verbo “llamar”, “poner nombre”, “nombrar”.

Pues bien, el texto de Isaías 7.14, según la versión Reina Valera 1960, dice: “Por tanto, el Señor mismo os dará señal: He aquí que la virgen concebirá, y dará a luz un hijo, y «llamará» su nombre Emanuel”.

Como podemos observar, la forma verbal «llamará» está en tiempo futuro, voz activa, modo indicativo, tercera persona del singular (sin marca de género). Por otro lado, respecto del sujeto de dicha forma verbal, pienso que no debe haber problemas en admitir que es la joven madre del niño (“ella dará a luz un hijo y le pondrá nombre”).

Luego, en lo que al texto hebreo respecta, la forma verbal que está detrás de la traducción «llamará» es «ve-qarát», una forma verbal en estado o tiempo perfecto (en realidad un perfecto conversivo, veqatál o vepaál, una forma verbal con la morfología del perfecto, pero con el valor del imperfecto), en la tercera persona femenina singular: «ve-qarát» (forma irregular, la forma regular es «qaráh»): «ella llamará».

En lo que respecta a la versión griega (Septuaginta, Los LXX), ésta tradujo la forma verbal «ve-qarát» con la forma verbal «kaléseis».

Consiste «kaléseis» en una forma verbal en tiempo futuro, voz activa, modo indicativo, de la segunda persona del singular (sin marca de género), del verbo  «kaléo» (nombro, llamo, pongo nombre).

Consecuentemente, sugiere el texto griego (Septuaginta, Los LXX) que sería Acaz la persona que nombraría al niño y no la madre.

En todo caso, llama la atención que la traducción de la Septuaginta que hizo Junemann tradujo a Isaías 7.14 en conformidad al texto hebreo y no en conformidad al texto griego (a pesar de ser precisamente una traducción de la Septuaginta, del texto griego, y no del texto hebreo), cito: “Por esto dará el Señor mismo a vosotros una señal: He aquí la virgen en vientre concebirá y parirá hijo, y «llamará» su nombre Emmanuel”.

En lo que respecta al texto griego de Mateo 1.23, es preciso decir que el Evangelista Mateo empleó la forma verbal «kalésusin».

Consiste «kalésusin» en una forma verbal en tiempo futuro, voz activa, modo indicativo, de la tercera persona del plural (sin marca de género), del mismo verbo empleado en Isaías 7.14 por la Septuaginta, «kaléo».

Entonces, como el texto griego de Mateo 1.23 no tiene el verbo «llamar» en la tercera persona singular, aunque sí en tiempo  futuro (“llamará él o ella”, griego «kalései»), ni en la segunda persona singular (“llamarás”, griego «kaléseis»); sino en la tercera persona del plural («kalésusin»: “llamarán”), tenemos que concluir en que Mateo no hizo una cita exacta o al pie de la letra de Isaías 7.14, sino una parcial, la cual ajustó a su proyecto teológico.

En efecto, no concuerda Mateo aquí con el texto hebreo ni con el texto griego.

En lo que tiene que ver con el texto griego de Lucas 1.31, es preciso poner de relieve que el Evangelista Lucas empleó el verbo «llamar» en tiempo futuro, voz activa, modo indicativo, en la segunda persona del singular, «kaléseis»: «llamarás» (teniendo como sujeto gramatical y responsable de dicha acción verbal a María).

Consecuentemente, a diferencia de Mateo, concuerda aquí Lucas con la versión griega que, como ya vimos, también empleó el verbo «llamar» («kaléo») en la segunda persona del singular: «kaléseis» (“llamarás”), y lógicamente toma distancia del texto hebreo de Isaías 7.14 que más bien tiene el verbo «llamar» en la tercera persona femenina singular: “ella llamará”.

Finalmente, a pesar de cualquier conjetura teológica y conciliadora que podamos hacer, en definitiva y en términos exegéticos, una cosa es segura e indiscutible:

En primer lugar, según el texto hebreo de Isaías 7.14, la joven madre (no virgen, y en el contexto histórico del pasaje, esposa del rey Acaz), es la persona que nombraría al niño (el verbo «llamar» en la tercera persona femenina singular: “ella llamará”).

En segundo lugar, según la Septuaginta, Acaz sería la persona que le pondría el nombre al niño (el verbo «llamar» en la segunda persona singular: “tú llamarás”).

En tercer lugar, en la relectura cristológica que hacen Mateo y Lucas de Isaías 7.14, tenemos una situación complicada e insoluble: por un lado y, según Mateo, sería el pueblo que, asumiendo al niño nacido como su salvador, quien nombraría “Jesús” al niño (el verbo «llamar» en la tercera persona plural: “llamarán”), por otro lado y, según Lucas, fue María, la madre, la que nombraría al niño (el verbo «llamar» en la segunda persona singular: “tú llamarás”).  

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