Un análisis del texto griego de Juan 20.17
Héctor B. Olea C.
¿Qué fue lo que en
realidad le dijo Jesús a María Magdalena? ´1) ¿Qué no lo tocara, es decir, que
no diera inicio a una acción? O 2) ¿Que dejara de tocarlo, o sea, que
suspendiera una acción ya iniciada y en proceso? ¿Qué es lo que en realidad permite
decir y concluir el texto griego de Juan 20.17?
Por mucho tiempo,
principalmente gracias a la Reina Valera 1909 y 1960, se ha hecho muy popular
(sobre todo en el ambiente protestante y evangélico hispano hablante) la idea
de que Jesús le dijo a María Magdalena: ¡«No me toques»!, o sea, que no
iniciara una acción.
En consecuencia, a la
luz de dichas versiones, aparentemente se supone que el texto griego que está
detrás de dicha traducción, implica un mandato que procura evitar que una
acción inicie, que no ocurra, que no tenga lugar, en suma, que María no ose
tocar el cuerpo del resucitado. Pero, ¿es ese el verdadero matiz del texto
griego de Juan 20.17?
Dos
tipos de aspectos en las prohibiciones en la lengua griega koiné
En la lengua original
del NT (griego koiné) existen dos tipos básicos de mandatos y prohibiciones:
por un lado, existen los mandatos o prohibiciones en tiempo aoristo (por lo
general en modo subjuntivo); y por otro lado, los mandatos o prohibiciones en
tiempo presente (por lo general en modo imperativo).
Los mandatos o
prohibiciones en tiempo presente apuntan a un tipo de acción durativa y
continua, mientras que los mandatos o prohibiciones en tiempo aoristo apuntan a
una acción puntual y específica.
En tal sentido, 1) los
mandatos que demandan la continuidad de una acción ya iniciada, con la
intención de que dicha acción se mantenga y permanezca, se dan en tiempo
presente; 2) también se formulan en tiempo presente las prohibiciones dirigidas
a detener una acción ya iniciada, ya existente, para que no continúe y que cese
de manera definitiva; 3) También se dan en tiempo presente los mandatos o
prohibiciones que procuran evitar el inicio de una acción no iniciada
(imperativo preventivo).
Por otro lado, 1) los
mandatos que demandan que en un momento determinado inicie una acción, se dan
por lo general en tiempo aoristo; 2) así como las prohibiciones dirigidas a
detener en un momento determinado una acción ya iniciada, sin la intención de
que dicha prohibición se mantenga; 3) también se dan en tiempo aoristo los
mandatos que en un momento determinado procuran evitar el inicio de una
acción.
Ahora bien, observando
el texto griego del pasaje en cuestión, nos percatamos de que en el mismo, en
realidad estamos ante una construcción gramatical que indica un mandato que
procura detener una acción ya iniciada, ya en proceso, en plena y franca
realización, para que no continúe.
Dicha construcción
gramatical consiste en el uso de la palabra «me» (no), que se emplea con los
modos distintos al modo indicativo; más la forma verbal «jáptu», que es una
forma verbal en tiempo presente, modo imperativo, en la segunda persona del
singular (tú), con forma de la voz media, pero con el sentido de la voz activa;
esto así puesto que procede de un verbo defectivo o deponente, o sea,
«jáptomai»: que significa: “Yo toco”, “yo alcanzo”, “yo pongo la mano sobre”, “yo
acometo”, “yo retengo”, “yo me aferro”, etc.
En consecuencia, la
expresión griega «me mu jáptu» (prohibición o mandato negativo en tiempo
presente, no de tiempo aoristo) ha de traducirse: “No me sigas tocando”, “deja
de tocarme”, “suéltame”, “deja de aferrarte a mí”, “deja de retenerme”; o sea,
demandando el cese una acción ya iniciada, en pleno desarrollo.
Con razón, pues, hace
mucho tiempo que ya se leía: «Deja de tocarme», en la versión de la Biblia
conocida como «Biblia de Jerusalén». Igualmente ya era y es acertada aquí la
«Traducción del Nuevo Mundo de las Santas Escrituras», cuando tradujo: «Deja de
colgarte de mí».
En conclusión, es
acertada la traducción de Juan 20.17, de toda y cualquier versión de la Biblia
que traduzca dicho pasaje comunicando la idea de que estamos aquí ante un
mandato que procura hacer cesar una acción ya iniciada, una acción ya en
proceso, en desarrollo.
En suma, el texto
griego de Juan 20.17 indica que Jesús le
pide a María Magdalena que deje de tocarlo, que lo suelte, que deje de
aferrarse a él. Esto significa que cuando Jesús le dijo a María «Deja de
tocarme» («Deja de colgarte de mí»), era porque ya María Magdalena se había arrojado
y se había asido del cuerpo del resucitado.
Finalmente, otras
versiones que como La «Traducción del Nuevo Mundo de las Santas Escrituras» (Deja
de colgarte de mí) y La «Biblia de Jerusalén 1998» (Deja de tocarme), han
traducido a Juan 20.17 de manera acertada son: La Nueva Versión Internacional 2015
(Suéltame), La Nueva Biblia Española 1975 (Suéltame), La Reina Valera
Actualizada 2015 (Suéltame), La Biblia de las Américas 1997 (Suéltame), La
Nueva Traducción Viviente 2010 (No te aferres a mí), entre otras.
Ahora bien, un caso
curioso y muy lamentable es que la llamada «Reina Valera Contemporánea RVC» (año
2011), la más reciente revisión de la serie Reina Valera realizada por las
Sociedades Bíblicas Unidas, persista en repetir el error de la Reina Valera
1960, al traducir «No me toques», así de sencillo.
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