Una perspectiva
crítica
Héctor B. Olea C.
Un hecho innegable es que ciertamente el Escudo de la Bandera Nacional
de la República Dominicana tiene la Biblia abierta, específicamente en el
Evangelio de Juan 8.32. En efecto, el artículo 32 de la Constitución vigente se
lee: “El
Escudo Nacional tiene los mismos colores de la Bandera Nacional dispuestos en
igual forma. Lleva en el centro la Biblia abierta en el Evangelio de San Juan,
capítulo 8, versículo 32.”
Ahora bien, como sugiere el texto constitucional, la presencia de la
Biblia en el Escudo de nuestra bandera nacional se explica no como si el texto
constitucional fijara la Biblia como texto sagrado, incluso como texto que debe
colocarse por encima de la Constitución misma en la administración del Estado
Dominicano, y en los actos públicos y privados de las personas con presencia en
el territorio de la República Dominicana.
En realidad, el que la Biblia esté abierta específicamente en Juan 8.32,
en el Escudo de la Bandera Nacional, pone de manifiesto que la apelación a la Biblia,
estrictamente en el texto citado, está supeditada a la lectura y apropiación
hermenéutica de dicho texto (no cristológica por cierto), con tal de poner de
relieve el principio de la libertad a la que aspiraban los fundadores de la
patria, y que debería caracterizar el día a día en la misma, así como el futuro
infinito de su existencia.
En tal sentido se comprenden las siguientes tres frases célebres del
patricio Juan Pablo Duarte:
“Nuestra Patria ha de ser libre e
independiente de toda Potencia extranjera o se hunde la isla”.
“Dios ha de concederme bastante fortaleza
para no descender a la tumba sin dejar a mi Patria libre, independiente y
triunfante”.
“El esclavo soporta su
suerte aunque oprobia su triste vivir; pero el libre prefiere la muerte al
oprobio de tal existir”.
Además y, en este mismo sentido, se comprenden las últimas cuatro estrofas
de nuestro Himno Nacional, de 1883, cito:
Compatriotas,
mostremos erguida
Nuestra frente, orgullosos de hoy más;
Que Quisqueya será destruida
Pero sierva de nuevo, ¡jamás!
Nuestra frente, orgullosos de hoy más;
Que Quisqueya será destruida
Pero sierva de nuevo, ¡jamás!
Que
es santuario de amor cada pecho
Do la patria se siente vivir;
Y es su escudo invencible: el derecho;
Y es su lema: ser libre o morir.
Do la patria se siente vivir;
Y es su escudo invencible: el derecho;
Y es su lema: ser libre o morir.
¡Libertad!
que aún se yergue serena
La Victoria en su carro triunfal,
Y el clarín de la guerra aún resuena
Pregonando su gloria inmortal.
La Victoria en su carro triunfal,
Y el clarín de la guerra aún resuena
Pregonando su gloria inmortal.
¡Libertad!
Que los ecos se agiten
Mientras llenos de noble ansiedad
Nuestros campos de gloria repiten
¡Libertad! ¡Libertad! ¡Libertad!
Mientras llenos de noble ansiedad
Nuestros campos de gloria repiten
¡Libertad! ¡Libertad! ¡Libertad!
Finalmente, llama la atención que muy a pesar
de lo que piensan muchas personas del cristianismo protestante y evangélico, el
patricio Juan Pablo Duarte, y los demás fundadores de la Patria Dominicana, no
estaban comprometidos con una lectura protestante y evangélica de la Biblia,
sino que estaban comprometidos e identificados con una lectura de la Biblia esencialmente
católica y romana, en conformidad a la teología y tradición de la Iglesia Católica
y Romana.
Por supuesto, una sospecha legítima es que
los fundadores de nuestra patria también estaban identificados con un canon
bíblico distinto al canon que a ultranza defiende el cristianismo protestante y
evangélico.
Consecuentemente, es preciso poner de relieve
que la primera Constitución Dominicana, la promulgada el seis (6) de noviembre
de 1844, estableció con claridad meridiana que la religión católica era la
religión oficial de la república libre por la que habían luchado los llamados “Padres
de la Patria”, cito:
“La Religión Católica, Apostólica, Romana, es
la religión del Estado; sus Ministros, en cuanto al ejercicio del ministerio
Eclesiástico, dependen solamente de los prelados canónicamente instituidos” (Artículo
38 de la primera Constitución Dominicana).
En suma, una vez que se comprenden las
razones por las que los Padres de la Patria apelaron a la Biblia, y en la forma
en que lo hicieron, en su relectura y actualización del principio de la
libertad al que alude Juan 8.32 (en una lectura hermenéutica no cristológica); se
debe concluir que la presencia de Biblia abierta en el Escudo Nacional tiene
más que ver con la libertad en sentido general, con la libertad de creencia, de
conciencia y de cultos (artículo 45 de la actual Constitución), que con su
lectura obligada e impuesta por ley.
Es más, es preciso poner de manifiesto que tiene
rango constitucional el que ninguna revisión o modificación a la Constitución podrá
atentar contra el carácter democrático de nuestra nación:
“Forma de gobierno. Ninguna modificación a la
Constitución podrá versar sobre la forma de gobierno que deberá ser siempre
civil, republicano, democrático y representativo” (Artículo 268 de la
Constitución actual); así de sencillo.
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